Prácticamente un año transcurrió para que el Gobierno nacional le pusiera atención a las denuncias y solicitudes que lideramos un grupo de senadores desde la Comisión Quinta del Congreso para flexibilizar y controlar la normatividad referente con el sacrificio de animales para consumo humano, aspecto vital para la salud pública y la conservación del estatus sanitario del país.
Efectivamente, el pasado 29 de octubre, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió el decreto 1975 de 2019, mediante el cual se modifican los decretos 1500 de 2007 y 2270 de 2012, con el propósito de mejorar las condiciones de desposte y desprese en las plantas de beneficio animal en todo el territorio colombiano, avalado por los ministerios de Comercio y Transporte.
La preocupación y el debate realizado en noviembre de 2018, surgió ante el cierre de 820 plantas de sacrificio en todo el país, lo que configuró la proliferación del sacrificio ilegal y especialmente el delito de abigeato. En Tolima se contabilizaron 33 entes territoriales con problemas de abastecimiento.
Consumir carne de calidad se estaba convirtiendo en un lujo en las ciudades de más de 100 mil habitantes, en tanto que los municipios de menor tamaño, especialmente los más alejados de los centros urbanos quedaron expuestos al encarecimiento del producto por temas de transporte y en muchos casos se llegó a comercializar carne de mataderos ilegales sin ningún protocolo sanitario o proceso de inocuidad.
Adicionalmente había en el contexto nacional una peligrosa coyuntura, pues desde Venezuela, se conoció que en su momento hubo tráfico de ganado (bovino y porcino) hacia Colombia y se detectaron focos de aftosa en zonas de frontera, que finalmente se lograron controlar mediante acciones puntuales del Ministerio de Agricultura.
Si bien muchas de estas amenazas aún subsisten y ponen en riesgo las condiciones de consumo y la salud pública en las regiones más apartadas de la geografía nacional, Minsalud avanza en la dirección correcta, aunque falta mucho por hacer, sobre todo en materia de seguridad, infraestructura y apoyo económico a los alcaldes. Veamos:
El Ministerio de Salud le dio nuevas facultades al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, para definir el nuevo procedimiento para la clasificación y reclasificación de las plantas de beneficio animal, dentro de dos categorías Nacional y Autoconsumo. El concepto y los nuevos lineamientos son fundamentales para la emisión del concepto sanitario para garantizar las actividades de expendio, almacenamiento, transporte y consumo de productos cárnicos comestibles.
Igualmente, el Ministerio también comisionó al Invima para estimular las plantas en la categoría Autoconsumo, especialmente dirigidas a resolver el tema de demanda de cárnicos en municipios con problemas fiscales, deudas (Ley 617) y clasificados en categorías Quinta y Sexta, que es donde se presentan las mayores dificultades reseñadas en el debate. Incluso, en la normatividad podrán ser incorporados los municipios de categoría Cuatro, que presenten dificultades de abastecimiento.
Un cambio técnico importante del decreto autoriza que una planta de Autoconsumo podrá distribuir la carne y productos cárnicos comestibles a otro u otros municipios por razones de abastecimiento, previa verificación de las condiciones sanitarias por parte del Invima.
Desde el Senado estaremos muy atentos al nuevo procedimiento o lineamientos que dicte el Instituto, el cual tendrá dos años de vigencia a partir de su publicación. Sería significativo que el Invima a la hora de redactar los contenidos consulte las realidades de los departamentos y sus municipios. También, que los gobernadores y alcaldes electos tengan en cuenta las nuevas disposiciones y comiencen desde el primero de enero a trabajar en este asunto, que está directamente relacionado con la alimentación básica y la salud de todos los colombianos.
Senador
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