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Justamente, esta semana y con mensaje de urgencia, se discutió el proyecto de ley “por medio del cual se establecen medidas de reactivación económica para el transporte público terrestre de pasajeros por carretera, colectivo y mixto, y se dictan otras disposiciones”.
Como coautor de esta iniciativa, resulta indispensable rescatar a los transportadores afectados por el impacto económico que les dejó la pandemia y generar una política pública que restablezca sus derechos y estimule esta actividad, que brinda enormes beneficios dentro de la movilidad en las ciudades y que articula la comunicación terrestre del país.
En este orden de ideas, la ley propone la ampliación del tiempo de uso para los vehículos de servicio público colectivo matriculados con anterioridad al 30 de mayo de 2020 por un periodo de cuatro años adicionales. Igualmente, estimula la devolución de aportes realizados al programa de reposición del parque automotor.
También se da vía a la modificación del proceso de trámite de permisos para la operación de nuevas rutas para el servicio de pasajeros y mixto, con el fin de facilitar la adaptación oportuna de la oferta de transporte a la nueva infraestructura de vías del país que generalmente es más ventajosa para el usuario.
En este sentido, es importante resaltar que muchas empresas de transporte cuentan con rutas adjudicadas desde los años 80 y 90, cuando el número de vías del país era incipiente y esto requiere una urgente actualización.
De igual manera, se establecen las condiciones en los permisos de operación y se determinan las condiciones para el otorgamiento de estas autorizaciones para nuevas rutas por iniciativa de las empresas de transporte.
En la actualidad, el otorgamiento de los permisos de operación en rutas de transporte público de pasajeros por carretera se realiza mediante concurso público, lo que hace que sean procesos dispendiosos y demoren entre uno y dos años en definirse, lo que dificulta la satisfacción de los usuarios en atención de nuevos servicios y en cobertura de nuevas necesidades.
El proyecto también permite establecer las tipologías vehiculares adicionales para la prestación del servicio de Transporte Terrestre Automotor Mixto, como medida de reactivación económica y se crean las definiciones de 'Buseta de servicio mixto' y 'Microbús de servicio mixto', ante la necesidad de contar con vehículos con capacidades intermedias en la modalidad de servicio de transporte mixto.
Lo anterior, teniendo en cuenta que, al incluirla, los transportadores pueden ser más competitivos con vehículos de una capacidad intermedia, dado que, anteriormente, disponían de vehículos de baja capacidad (camionetas) o de alta capacidad (bus abierto o chiva).
Esto responde a la necesidad de los usuarios y brinda una mejor calidad de servicios con equipos apropiados de mayor confortabilidad, tecnología y comodidad de los pasajeros.
Adicionalmente, se incluye la definición de 'Camioneta cerrada del servicio mixto' y 'Campero', ante la necesidad de contar con estas tipologías vehiculares definidas en una norma de rango legal; esto para atender las necesidades de los diferentes usuarios, especialmente, en rutas intermunicipales y hacer más competitiva esta modalidad en las regiones.
Esperamos que la discusión y aprobación de la ley registre avances significativos para estimular la modernización de una de las actividades más importantes de la economía, como lo es el transporte público de pasajeros.
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