Dado lo anterior, declarar que iniciativas políticas de reparación son “revolucionarias” fuera de viveza politiquera es perseguir inmunidad a cualquier crítica surgida por las deficiencias que puedan tener.
Las respuestas dadas al senador Jorge Robledo, a Daniel Samper y a María Teresa Ronderos, quienes demandan del Ministerio de Agricultura claridad sobre las cifras y verdaderos alcances de la restitución, además del tono pugnaz, se volvieron un enredo que Juan Camilo Restrepo, pudo destrabar, recientemente, al afirmar que una cosa es formalización, como se hizo en la hacienda Las Catas, y otra, distinta, es restitución.
Es insatisfactoria la meta de 2.100 predios rehabilitados para 2012, que no serían más del 0.6 por ciento del total y que proyectaría hasta por más de 50 años el barrido de los 350 mil predios.
Y eso que el cálculo inicial de cuatro millones de hectáreas despojadas volviose, por arte de birlibirloque, en la mitad.
El cálculo ministerial incluso puede ser optimista si se tiene en cuenta que a cada uno de los 134 despachos judiciales especiales, en un promedio aritmético simple, le corresponderían 2.611 casos, uno diario durante 10 años de vigencia de la Ley. Estaríamos en un típico “saludo a la bandera”.
Esto sin contemplar los casos con objeción de “tenedores de buena fe”, que irían a los magistrados de la circunscripción. Cálculos oficiales estiman en 60 mil los posibles litigios, lo que para cada una de las 60 magistraturas, implicaría atender 100 pleitos por año.
El que los decretos reglamentarios dejaran en manos del Estado la prueba de posesión de las víctimas, desechando la inversión de la carga por parte del “ocupante secundario”, menoscabando los legítimos propietarios y violando los principios Pinheiro del manual de la ONU, podría terminar consolidando una “contra-reforma agraria”.
Estudios de Ibáñez indican que el 50 por ciento de los desplazados no retornarían y con el paso del tiempo este porcentaje puede ser menor y peor todavía si los esperan a sangre y fuego. Con este panorama, la nueva distribución de la tierra, con un catastro saneado, podría ser aun más inicua.
Así pasó con las parcelaciones entre 1926 y 1940, cuando se favoreció escasamente al dos por ciento de los propietarios o en la colonización antioqueña cuando apenas el 17 por ciento fue para los colonos, lo que Alejandro López llamó, “la lucha entre el hacha y el papel sellado”.
Nadie discute la justeza de reparar a las víctimas y restituirles sus patrimonios. Es obligación del Estado colombiano, derivada de tratados internacionales y además de la sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional. De no acatarse la atención integral a las víctimas, Colombia quedaría en el concierto mundial en estimación inferior a Ruanda o Sudáfrica.
Credito
AURELIO SUÁREZ MONTOYA
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