Municipio, condenado a pagar en litigio con Interaseo

El fallo fue proferido desatendiendo totalmente el pronunciamiento que hiciera la Procuraduría para que fueran negadas todas las pretensiones de la firma de basuras. Ahora, la Alcaldía busca hacer un cruce de cuentas para no desembolsar plata

Condenado salió el Municipio en la demanda que interpuso Interaseo del Sur para que le fueran reconocidos dineros adicionales dentro del contrato anterior  de operación de basuras 042.

El fallo lo leyó ayer Luis Ferney Moreno, presidente del tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio, que revisaba la demanda interpuesta por la firma de basuras.

Si bien en la decisión el tribunal falla en contra de Infibagué sólo una de las múltiples y millonarias pretensiones de Interaseo, la providencia deja inquietud.


De un lado, la Procuraduría en la última audiencia celebrada se pronunció a favor de Ibagué y pidió negar todas las pretensiones de la empresa recolectora.


El órgano de control respaldó cada uno de los argumentos expuestos por la defensa del Municipio e hizo énfasis en que no existía material probatorio suficiente para sustentar el desequilibrio económico del que hablaba la firma privada.


De otro lado, la Procuraduría había abierto dos vías posibles para la decisión de los árbitros. La primera, negarle totalmente la demanda a Interaseo.


La segunda, que se declararan impedidos para conocer del tema. No obstante, estos apelaron a la figura en mención en la mayoría de peticiones de Interaseo, otras las negaron y una, que bien podría ser la exigencia económicamente más jugosa, la aprobaron.


Los escombros
    Esta se refiere al pago por parte de Infibagué, de la supuesta  recolección de escombros clandestinos superiores a un metro cúbico; labor que según Interaseo no hacia parte del contrato 042.
    El contenido total de la providencia no fue presentado ayer, por las demoras en el inicio de la audiencia, pero por lo mencionado en la parte resolutoria, la condena se basa en que Infibagué reconoció el perjuicio de Interaseo en la recolección de escombros.    
    El Tribunal habría aceptado como prueba un acta de conciliación fallida  celebrada justo al terminar la vigencia del contrato 042 en 2008.
    La validez de dicho documento la desestimó no sólo la Procuraduría sino también la defensa del Municipio, por tratarse del registro de una diligencia fracasada, que no ostentaba ningún peso jurídico.

LA VOZ
Juan Pablo Estrada, apoderado de Infibagué en el litigio, expresó que ayer sólo se leyó la parte resolutiva del fallo, que está compuesto por 96 páginas que deben ser revisadas minuciosamente por el equipo legal de Infibagué. Dijo que el cruce de cuentas de las deudas siempre lo propuso el Municipio como una fórmula de arreglo y podría permitir liquidar el contrato 042 de una manera “favorable” a los intereses de la entidad pública.

“Sin embargo, hay cinco días para pedir la aclaración del fallo, adiciones o complementos o la anulación del laudo arbitral. Son decisiones que debemos tomar con cabeza fría, mirando siempre los intereses económicos de Infibagué”, comentó.

Al preguntársele si era necesario llegar a este punto para terminar aceptando una conciliación que se hubiera podido hacer sin necesidad de la demanda y el pago de peritos y árbitros, Estrada aclaró que recibió el proceso con la demanda ya contestada. “Con el gerente ad hoc (el secretario de Gobierno municipal Eduard Amaya) se trabajó ardua y duramente, se defendió la entidad, se propuso fórmulas de arreglo; ¿se habría podido ahorrar este desgaste? En principio, por lo que dice el laudo, pareciera que sí. Es una cosa que estuvo siempre sobre la mesa, el cruzar saldos a favor”, finalizó.                 

Buscan ‘empate’
El fallo proferido por el tribunal de arbitramento se podría considerar como un tipo de conciliación a la fuerza, pues es posible que de este se derive un cruce de cuentas que había sido propuesto antes de iniciar el litigio.  La providencia habla de un pago a Interaseo de 416 millones de pesos. Según el gerente de la empresa, José Ricardo Trujillo, sumaría en realidad 800 millones de pesos, que podría la Alcaldía cubrir en caso de que hiciera efectiva una deuda que Interaseo le tiene a Infibagué por más de 700 millones de pesos, por multas.  En este caso, el Municipio podría salir en ceros y en el mejor de los casos un considerable excedente, pero pagando costos adicionales, como los honorarios de los peritos que rindieron conceptos dentro del proceso, entre otros. No obstante, EL NUEVO DÍA conoció que, desde antes de resolverse el proceso, la postura del alcalde saliente Jesús María Botero, era de continuar el pleito en otras instancias en caso de que el Municipio resultara condenado. Por el momento, tanto Infibagué como Interaseo revisan con lupa el fallo, y ambas partes abrieron la posibilidad de pedir aclaraciones al tribunal.

LISTA
Estos son algunos de los puntos más relevantes de la parte resolutiva del fallo del Tribunal  

1 Se declaró el tribunal no competente para resolver las pretensiones monetarias por la limpieza del Canal de Mirolindo, la referente a la recuperación de cartera propiedad de Infibagué, y las relacionadas con la entrega del relleno sanitario La Miel

2 También se pronunció como no competente para decidir las exigencias sobre las multas incluidas en la liquidación del contrato 042 (vigente del año 2000 a 2008)

3 De igual manera, conceptuó como cosa juzgada la demanda de reconvención sobre el incumplimiento de pagos que debía hacer Interaseo a Infibagué

4  Este numeral Cuarto fue el que falló el tribunal a favor de Interaseo y trata del pago dentro de la liquidación del 042, del servicio especial de transporte y disposición de escombros clandestinos, que superaban el metro cúbico. La suma deberá pagarla Infibagué actualizada con base en el Índice de Precios del Consumidor, IPC.

5 Negó también la exigencia de Interaseo del pago por el manejo de la post clausura del relleno sanitario Combeima

6 Así mismo, negó a Interaseo que se le pagara por la extracción forzada de lixiviados del botadero.

La frase

Sólo hay una condena para Infibagué, por 416 millones de pesos, cuando las pretensiones de Interaseo rondaban los dos mil 500 millones de pesos

Abogado de Infibagué

Credito
REDACCIÓN LOCAL

Comentarios