En fallo de primera instancia le ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, que en el término de 15 dÃas se realicen las gestiones necesarias, para restablecer el servicio de telefonÃa móvil celular a los habitantes de la Ciudadela Comfenalco.
La decisión fue proferida por el juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué, luego de que la comunidad instaurara una acción de tutela.
El malestar
Para los residentes de este sector de la comuna Nueve, se convirtió en una odisea llamar por celular, pues de acuerdo con Flavio González, uno de los afectados, cada vez que llegaban al barrio los dispositivos móviles sólo servÃan para emergencias.
Inicialmente tanto él, como sus vecinos intentaron dialogar con las directivas de la cárcel de Picaleña, pero al parecer, no obtuvieron respuesta alguna.
“Tenemos entendido que los reclusos de la cárcel de Picaleña seguÃan delinquiendo, a través de llamadas extorsivas.
“Por eso el Inpec asumió y materializó conjuntamente con los operadores de telefonÃa móvil, Comcel, Tigo y Movistar un posible remedio a la situación, bloqueando el espectro electromagnético.
“El problema con dicha medida fue que a quienes vivimos cerca, se nos condenó a permanecer incomunicados, pues aquà ni entran, ni salen llamadas de celularâ€, indicó González
La petición que reiteró la comunidad fue que se suspenda el bloqueo o su equivalente al espectro electromagnético, que impide las llamadas en la urbanización y lugares circunvecinos.
¿Qué dice el instituto carcelario?
En el fallo de tutela, las directivas de la cárcel respondieron que dicha dirección no vulneró los derechos exigidos por los accionantes.
“La instalación de las antenas es una polÃtica pública encaminada a combatir el delito dentro de las cárceles del paÃs, siendo medidas encaminadas a preservar el orden público, ante los constantes ataques telefónicos de que han sido vÃctimas muchos colombianos.
“La instalación de antenas concierne precisamente a la preservación del orden y la seguridad ciudadanaâ€.
En el documento también se indicó que las pretensiones alegadas van en contravÃa con las polÃticas públicas; que buscan ante todo atacar las bandas criminales que aún delinquen desde las cárceles.
“Se yerra al pretender la protección de unos supuestos derechos, cuando en realidad lo que se está en juego son derechos colectivos, de allà que la acción a invocar no es la tutela sino la popularâ€.
La decisión
El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué; concluyó que en este caso no es procedente el ejercicio del derecho constitucional fundamental al orden público y a la seguridad ciudadana, razón por la cual ordenó el levantamiento del bloque del espectro electromagnético.
La comunidad, por su parte, propuso que reemplacen las antenas por medidas logÃsticas de control, propias de la inteligencia y contrainteligencia tales como agentes encubiertos, requisas permanentes y adecuaciones de tecnologÃa para que la guardia detecte tales elementos, entre otras.
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