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No hay lugar a dudas que las medias nueves o también conocidas onces se van a ver afectadas, al menos en su precio, por la reforma tributaria que se radicó esta semana ante el Congreso de la República.
Sin importar los gustos que usted tenga, ya su merienda no va a costar lo mismo que cuesta hoy. Pues alimentos como la carne de hamburguesa, el chocolate, los cereales, las salsas, la pastelería y galletería aumentarán su precio. (En la aprobación en el Senado se eliminó de esta lista, el pan tajado industrial, el bocadillo, la miel y las obleas).
Para este caso, el impuesto a los alimentos ultraprocesados irá de 10% a 20% entre 2023 y 2025 y se calculará, o fijará el precio de los productos, a partir del costo al que se venda alimento al público.
Bajo este entendido, si usted es una de esas personas que invita a sus amigos o familiares a su casa a tomarse un chocolate y unas galletas, prepárese para aumentar su presupuesto porque este puede ser significativo.
El chocolate, que hoy cuesta cerca de $7.590, pasaría a costar cerca de $8.350 para 2023, $8.728 para 2024 y $9.108 para 2025. Esto muestra un aumento mayor a $1.500, lo que podría incrementar en la medida que siga creciendo la inflación.
Por su lado, las galletas de chocolate también tendrían un aumento significativo y en los mismo periodos ya establecidos pasaría de $8.860, a lo que está hoy, a $9.746, $10.189 y $10.632.
Si su plan cambia y ahora invitará a sus amigos a ver un partido en la noche de un fin de semana, preocúpese porque los insumos para atender a sus invitados también aumentarán su precio.
La gaseosa, las salchichas o la carne de hamburguesa y las salsas que le vaya a poner, podrían tener aumentos incluso mayores en la medida que su precio de venta también es más caro. Es importante resaltar que la gaseosa tiene otro tipo de cálculo en la medida que es considerada bebida azucarada y no alimento ultraprocesado.
Las salchichas, por ejemplo, pasarían de costar cerca de $9.170, que es lo que cuestan hoy, a más de $11.004 para 2025. Lo que es un aumento cercano a $2.000 en menos de tres años. La carne de hamburguesa haría lo propio y pasaría de costar hoy $17.990 en su presentación de cuatro unidades, a más de $21.585 para 2025.
La gaseosa, entre tanto, para su presentación de litro y medio, tendría un impacto mucho menor y solo pasaría a costar $4.120 hoy, a más de $4.690 para el mismo año.
Acá vale la pena aclarar que las personas naturales cuyo ingreso provenga de ventas de ultraprocesados o bebidas azucaradas, no tendrán que responder por este impuesto en la medida que sus negocios devenguen menos de $380 millones en el año.
Así se calcula
La aplicación de este impuesto dependerá de que el producto cumpla al menos con una de las siguientes tres concentraciones. Que el nivel de sodio (sal) sea mayor o igual a un miligramo sobre kilocalorías por cada 100 gramos; que el azúcar añadida represente 10% o más del total de la energía proveniente de azúcares libres, y que del mismo modo la grasa saturada del producto sea 10% o más del total de energía proveniente de grasas saturadas.
El ejercicio lo podrá desarrollar usted mismo siguiendo estos pasos. Para medir el sodio usted puede tomar 100 gramos de alimento y dividir el contenido de sodio reportado entre el número de kilocalorías (kcal) reportadas en la misma cantidad. Si la esta relación calculada es superior a 1, será sujeto de impuesto. Pero también lo estará si el contenido de sodio en 100 gramos supera los 300 miligramos.
En el caso del azúcar usted deberá identificar la cantidad de alimento y multiplicar la cantidad de azúcares añadidos en gramos en dicha cantidad por el factor de conversión de azúcares en calorías (cuatro kcal por gramos).
Este resultado se divide entre el total de las kcal de la misma cantidad de alimento y se multiplica por 100. Finalmente, se compara este resultado con el porcentaje establecido en la tabla, y si es igual o superior a 10% estará sujeto al impuesto.
Y por último en las grasas saturadas se debe multiplicar la cantidad de grasas saturadas en gramos por el factor de conversión de grasas en calorías (nueve kcal por cada gramo), en cualquier cantidad de alimento.
Este resultado, se divide entre el total de las kcal presentes en la misma cantidad de alimento y se multiplica por 100. Al igual que en el caso anterior se compara este resultado con el porcentaje establecido en la tabla, y si es igual o superior a 10%, estará sujeto al impuesto.
Para las bebidas azucaradas entre 2023 y 2024, las bebidas como gaseosas, yogures, jugos de fruta y maltas que tengan entre seis gramos y 9,9 gramos de azúcar por cada 100 ml, pagarán respectivamente $18 y $28 de más por cada 100 ml. Los líquidos con una concentración mayor a 10 gramos por cada 100 ml, pagarán $35 en 2023 por cada 100 ml y $55 por la misma cantidad en 2024.
Para 2025, cuando la bebida tenga menos de cinco gramos de azúcar por cada 100 ml, no pagará impuestos. Mientras que cuando la cantidad suba de dicho monto y llegue hasta 8,9 gramos por cada 100 ml, el valor a pagar será de $38 por cada 100 ml, y cuando la concentración sea mayor a nueve gramos de azúcar por cada 100 ml, el producto pagará $65 por cada 100 ml que tenga.
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