En su decisión, el magistrado Álvaro Fernando García consideró que una acción de tutela no era un mecanismo procedente en este tipo de casos.
“En el ordenamiento jurídico existen otros recursos (…) como quiera que la acción de tutela únicamente protege derechos individuales y existen en el ordenamiento jurídico otros medios de defensa judicial con la aptitud y suficiencia necesaria para solucionar la controversia jurídica planteada por la Procuraduría, habrá de revocarse el fallo de primera instancia, para en su lugar negar el amparo constitucional reclamado”, dice el fallo judicial.
Así mismo, el resuelve de la sentencia explica que “revocar la sentencia proferida el primero de octubre de 2013 por el Juzgado 39 Civil del Circuito de Bogotá y en su lugar negar el amparo al derecho fundamental al debido proceso invocado por la Procuraduría General de la Nación contra el Juzgado 48 Civil Municipal de Bogotá”.
El pasado primero de octubre, el juez 39 Civil de Bogotá anuló dicha unión, la cual se consideró como el primer matrimonio entre una pareja homosexual, esto luego de que la Procuraduría interpusiera una tutela ante la decisión del Juzgado que formalizó la ceremonia, (Juzgado 48 Civil Municipal de Bogotá).
Ante esa situación, Cantor Borbón y Alberto Castro, interpusieron una apelación, por lo cual el caso pasó a manos del Tribunal Superior de Bogotá.
El fallo se conoció este jueves en donde se evidencia que la unión entre estos dos hombres sigue en firme.
La ONG Colombia Diversa se pronunció a través de su cuenta en Twitter: “Orden de juez que anulaba primer matrimonio homosexual en Colombia fue revocada. Matrimonio sigue vigente".
La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá dejó sin piso la decisión del Juzgado 39 Civil de Bogotá, que había anulado, por una acción de tutela, la unión entre Julio Albeyro Cantor Borbón y William Alberto Castro, celebrada el pasado 20 de septiembre por el juez 48 civil.
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COLPRENSA
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