Una burla al POT

Uno de los aspectos esenciales del POT es la reglamentación del uso del suelo, por medio de la que se definen dentro de la ciudad áreas morfológicas homogéneas para determinar el tipo de construcciones que se puede hacer en cada una de ellas.

Desde 2006, el Gobierno nacional se inmiscuyó de manera abusiva -y tal vez ilegal- en las competencias de los alcaldes y concejos, derogando de un plumazo una parte de los planes de Ordenamiento Territorial, POT, que la mayoría de las ciudades habían adoptado desde principios de la década pasada. La historia es como sigue.

El POT es el instrumento más importante con que cuentan los municipios para definir el proceso de planeación y regulación del desar­rollo de su territorio. Su elaboración debe ser fruto de un proceso participativo en el que los sectores público y privado conciertan los diversos intereses para establecer unas reglas de la ocupación y utilización del territorio que garanticen un desarrollo competitivo, equitativo y sostenible.


Uno de los aspectos esenciales del POT es la reglamentación del uso del suelo, por medio de la que se definen dentro de la ciudad áreas morfológicas homogéneas para determinar el tipo de construcciones que se puede hacer en cada una de ellas, teniendo en cuenta aspectos tales como la infraestructura disponible para el transporte y los servicios públicos, los riesgos naturales del terreno, o el equipamiento colectivo y la conservación del espacio público. Con base en esa reglamentación, deben ser expedidas las licencias de urbanización y construcción, de manera que se garantice que el interés privado de los constructores se armonice con el interés público y se logre un desarrollo racional y armónico de las ciudades.


Sin embargo, por obra y gracia de un decreto del Gobierno nacional (el 564 de 2006, reemplazado por el 1469 de 2010), una buena parte de las licencias de construcción que hoy se otorgan en los municipios no deben adecuarse a las exigencias de los POT vigentes desde 2000, sino a normas muy anteriores y ya obsoletas.


En efecto, dicen los mencionados decretos que “Los titulares de licencias de parcelación y urbanización tendrán derecho a que les sea expedida la correspondiente licencia de construcción con base en las normas urbanísticas y reglamentaciones que sirvieron de base para la expedición de a licencia de parcelación o urbanización”.


Antes de este esperpento, el decreto 1600 de 2005 establecía que las licencias tendrían una vigencia de 24 meses prorrogables por 12 meses; además, en el caso de la licencia de construcción, para la prórroga se exigía que se hubiera adelantado el 50 por ciento de la construcción de la estructura. Se sospecha que fue la presión de los constructores privados la que motivó este cambio para poder utilizar normas urbanísticas anteriores más laxas, que le permite extraer una mayor utilidad sobre el precio de la tierra.


Las consecuencias de este golazo del Gobierno de la confianza inversionista a los municipios son graves. En Bogotá se estima que una tercera parte del suelo urbano por desarrollar quedó por fuera del POT vigente, de manera que se ha debilitado el esfuerzo de Planeación Distrital por ordenar el crecimiento de la ciudad.

Uno de los principios centrales del ordenamiento territorial es la prevalencia del interés general sobre el particular (Ley 388 de 1997). Los decretos del Gobierno atentan contra estos principios y los municipios se resignan.

Credito
MAURICIO CABRERA GALVIS

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