Te hablo desde la prisión

.

Una de las primeras orientaciones de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, -en el inicio de sus funciones- a los jueces de la República, consistía en recomendar a los juristas que sus fallos deberían de ser tan sencillos y comprensibles que los periodistas pudieran entenderlos a cabalidad. No era para menos, por cuanto a través de los medios de comunicación, con una equivocada interpretación se puede desinformar totalmente a un buen sector de opinión pública, en relación con un hecho jurídico determinado. Varias noticias dadas sobre estos asuntos, en este y en el cercano siglo pasado así lo comprobaron.

Ahora bien, es normal, y por demás educativo, que la ciudadanía opine sobre un debate jurídico en especial. Sobre todo de algo tan nuestro y cercano como lo pertinente a las Tutelas. Lo censurable es que su opinión se base en conceptos jurídicamente errados, referido a procesos que requieren conocimiento y especialización, y que en su presentación noticiosa resultan moldeados por un medio de comunicación que en ocasiones de manera por demás condenable, asume la posición de condenar o absolver de acuerdo al propio saber y entender –y a veces de particulares intereses- del director del medio o del director de la sección. Tan sólo ayer, en el conocido caso adelantado a partir de la muerte de Luis Colmenares, uno de los principales diarios del país, -El Espectador - titulaba que la Fiscalía pedía condena para Cárdenas, pero no mencionó para nada que la Procuraduría pidió absolverlo.

Si lo anterior, jurídicamente desorienta, más grave aún resulta el show publicitario a cargo de consagrados abogados que de manera continúa, colocando a la opinión como juez, descargan sus argumentaciones en defensa de sus clientes, relegando el papel silencioso pero sereno del juez que al final es quien falla. Es decir, condicionan la opinión pública en determinado sentido, minando de antemano la credibilidad en los argumentos centrales de la sentencia. Y para ello, en muchas ocasiones se recurre perversamente a evidenciar dolores propios de determinadas personas, sentimientos, expresiones de afecto o de animadversión de seres queridos ligados a un determinado acontecer procesal, que por esencia, deben ser respetados en su privacidad e intimidad.

Por ello, las decisiones, por demás valientes, tomadas por una Juez en Bogotá, -en uso de sus facultades y poderes disciplinarios - de decretar dos carcelazos de 48 horas a dos publicitados abogados, por referirse a detalles de un proceso (cuando se había prohibido suministrar a la prensa información sobre el caso), en verdad son decisiones ejemplarizantes que redundan en la seriedad del sistema procesal vigente. Ojalá, instancias superiores a la Juez no desvirtúen en el futuro este proceso sancionatorio, que de seguro, obligaron a los pantalleros litigantes a contestar telefónicamente, al menos por un día, con la frase clave -que titula esta columna- de una de las más celebres canciones del frustrado Senador Fruko, -sin tesos-, cuando cumplían su justa condena.

Credito
CAMILO A. GONZÁLEZ PACHECO

Comentarios