Ante la inminente derrota que sufrió en dos oportunidades en el Congreso el proyecto de ley que pretendía facultar a las Fuerzas Militares para atacar y bombardear organizaciones criminales civiles (proyecto Cámara 2015 de Efraín Torrres y Senado 2013 de Juán Lozano), el presidente, su ministro de Defensa y la comandancia de las tres armas militares (Fuerza Aérea, Armada Nacional y Ejército) decidieron apelar a un acto administrativo y mediante la directiva 015 de abril de 2016 obtuvieron las facultades que el órgano legislativo les había negado.
En una columna anterior publicada en este mismo diario (http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/opinion/columnistas/285397-diabolico-proyecto-de-ley), sostuve que el proyecto de ley presentado el año pasado por el Representante Efraín Torres (175 Cámara) tenía el carácter de diabólico, pues desconocer las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y las resoluciones de las Naciones Unidas que regulan el ‘Principio de Distinción’ a favor de los civiles no combatientes en el conflicto interno, no solo es inconstitucional, sino que podría propiciar la manida práctica de los ‘falsos positivos’ ante los inevitables errores que contra la población civil se puedan cometer a cargo de las Fuerzas Militares.
Y es que en virtud del artículo 93 de la Constitución Política los tratados internacionales suscritos por Colombia, relativos a los derechos humanos, hacen parte del llamado ‘Bloque de Constitucionalidad’ y por tal razón son parte integral de nuestra Carta Política.
Luego, si en sí mismo el contenido del proyecto de ley tenía visos de inconstitucionalidad por ir en contravía a lo establecido en los Convenios y Protocolos de Ginebra relativos al DIH, más lo es el acto administrativo (Circular 015 de 2016) que expidieron con urgencia para dar solución inmediata al impase formado por la negativa tácita de la Comisión Segunda de la Cámara de dar trámite al proyecto.
Apelar al principio de legalidad que revisten los actos administrativos -como se hizo- para entregar unas facultades exhorbitantes e inconstitucionales a los integrantes de las Fuerzas Militares para combatir y bombardear a los hoy denominados ‘Grupos Armados Organizados’ (antes bacrim) traerá innegables e indudables abusos, equivocaciones y desbordamientos de poder que ponen en peligro a la población civil indefensa donde están asentadas estas organizaciones criminales.
Este ‘músculo jurídico’ que reclamaban el ministro de Defensa y los comandantes de las Armas militares para poder aniquilar al nuevo enemigo interno, fue celebrado con frenesí ante las cámaras de televisión por el comandante de la Fuerza Aérea la última semana de abril, al responder las preguntas que sobre el tema le hacía el periodista Yamid Amat en el espacio ‘Pregunta Yamid’.
Argumentaba el mayor General Carlos Eduardo Bueno que su próxima tarea de bombardear campamentos de los GAO no implicaba una derrota de la Policía en la labor constitucional atribuida, sino un necesario acompañamiento a esta para lograr letales y absolutos resultados.
Parafraseando a los católicos solo digo: ojalá lo que viene nos coja confesados.
Comentarios