En firme fallo contra el Ejército por herida de soldado en el batallón Jaime Rooke en 2005

ARCHIVO – EL NUEVO DÍA
El Tribunal Administrativo del Tolima en sentencia del 24 de enero confirmó y dejó en firme el fallo proferido por el Juzgado Décimo Segundo Administrativo del Circuito que condenó a la Nación, Ministerio de Defensa y al Ejército a pagar los perjuicios materiales, morales y físicos al soldado Carlos Humberto Mendoza Lozano.

El militar resultó herido por el exparamilitar Absalón Aroca (q.e.p.d.) al interior del Batallón Coronel Jaime Rooke en 2005.

De acuerdo con la pretensiones, las entidades deberían cancelar en favor del soldado 210 smmlv por los perjuicios morales y daño a la vida de relación, lo que equivaldría a una suma cercana a los $173 millones. Además, liquidarlo con la base gravable que devengaba en su momento con un aumento del 30%.

Los hechos

Para el 10 de noviembre de 2005, Mendoza estaba vinculado al batallón Jaime Rooke como soldado profesional y para la misma época se encontraba detenido Aroca Trujillo quien hizo parte de la Autodefensas.

Este último “circulaba libremente por la guarnición militar al no existir un lugar de reclusión para este personal en su momento”. Por esta razón, quedó bajo la custodia del jefe de la Sección Segunda de Inteligencia a la espera de que se definiera su situación judicial.

No obstante, ese mismo día fue informado que no había sido aceptado en el plan de reinserción del Gobierno nacional por lo cual debía ser remitido a la cárcel Modelo de Bogotá.

Después de ser notificado Aroca Trujillo tomó un fusil de dotación del Ejército y dio muerte a un suboficial y causó heridas a tres soldados entre estos al soldado Mendoza. De igual manera acabó con su vida.

El uniformado fue herido en la región lumbar lo que le comprometió el 39.22% de su capacidad laboral.

Según reza el fallo, Absalón Aroca se entregó de manera voluntaria el 28 de julio de 2005 a tropas del batallón 18 Cr. Jaime Rooke en donde permaneció detenido hasta noviembre, tiempo durante el cual “se ganó la confianza del personal que tenía a cargo su custodia”.

Para el Tribunal “se debía tomar las medidas necesarias para la custodia permanente del sujeto detenido y el cuidado de los elementos de dotación y guerra que se encontraren en la unidad de inteligencia, lugar destinado a la detención del exparamilitar”.

Aunado a esto, el 24 de octubre el fiscal Sexto Especializado solicitó al comandante del Batallón realizar el traslado de Aroca a la cárcel Modelo de Bogotá y la cual no se hizo efectiva, pues se argumentó que se carecía de los medios de seguridad para realizar el traslado.

Sin embargo, la Fiscalía comunicó al comandante del Batallón que dicha gestión debía tramitarse con el Inpec, gestión que no se hizo efectiva y que le costó la vida a un suboficial y lesiones a varios soldados, 18 días después de impartida la orden de traslado.

Por esta razón, el Tribunal Administrativo confirmó la sentencia impartida en primera instancia.

Credito
EL NUEVO DÍA

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