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Cadena Ortiz, primo de la esposa del mandatario, estaba siendo procesado por los delitos de peculado por uso en calidad de cómplice y alteración u obstrucción de elemento material probatorio en calidad de autor, pero el Juzgado no lo declaró culpable.
El Juez consideró que Cadena no vulneró el régimen penal bajo el argumento de que el evento se desarrolló con responsabilidad y sin afectar la seguridad aérea, más aún si se tiene en cuenta que en Ibagué no existen lugares para esos eventos como las carreras de motos.
Para el despacho judicial, aunque se trató de una actividad ilegal y se alteraron las cámaras de seguridad entre las 10 de la noche del 3 de abril y las 3 de la madrugada del 4 de abril de 2014, Cadena no actuó de forma malintencionada.
La decisión no dejó de causar extrañeza, pues el ente acusador presentó por lo menos 25 elementos probatorios para demostrar que Cadena Ortiz alteró los dispositivos para evitar que se descubrieran los piques ilegales.
Según fuentes, el Juez no ponderó todas las pruebas y no tuvo en cuenta el sustento documental de la Fiscalía, como, por ejemplo, un video en el que claramente Jair Palma, un corredor aficionado y uno de los líderes del evento, dio indicaciones de por dónde debían de ingresar los vehículos.
Según la Fiscalía, ese día ingresaron al aeropuerto 51 vehículos particulares de los cuales solo se reportaron 10, lo que quiere decir que alrededor de seis cámaras fueron manipuladas.
La Fiscalía y la Procuraduría apelaron la decisión.
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