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Aunque parecía difícil, finalmente el Ministerio de Trabajo y las plataformas digitales de reparto representadas por el gremio Alianza In lograron acordar las nuevas reglas de juego para los domiciliarios, las cuales entrarían en vigencia de ser aprobada la reforma laboral que aterrizó en Cámara de Representantes.
De esta manera, 120.000 personas vinculadas a plataformas como Rappi o Didi pasarían a tener una relación laboral en calidad de dependientes y subordinadas, o de independientes y autónomas, según sea el caso, con dichas compañías, quienes pasarían a reconocer a los repartidores como “trabajadores digitales en servicios de reparto”.
Así se consigna en los artículos 23, 24, 25 y 26 del proyecto de reforma, en los que se establecen diferentes condiciones según el tipo de contrato que se firme: si es en calidad de dependiente, la plataforma responderá por los pagos al sistema integral de seguridad social; si es independiente, la empresa aportará el 60% a salud y pensión y el trabajador el 40%.
En cualquier de los dos casos la firma debe encargarse de forma exclusiva del cubrimiento en materia de riesgos laborales, y tener como ingreso base de cotización para los aportes mencionados el 40% de la totalidad de ingresos que perciba el trabajador digital.
Para Andrés García, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, el hecho de que estos ajustes regulatorios sean fruto de un consenso entre Gobierno y plataformas es clave, pues se reconoce que hay un grupo de trabajadores excluidos del sistema de protección social y, además, abre la puerta a legislar sobre las nuevas formas de trabajo en Colombia.
Para él, otro punto valioso de estos cambios es que con la trazabilidad que habría de los repartidores se podrían construir políticas focalizadas para ellos desde el Gobierno Nacional, pues en pandemia uno de los grandes retos fue la falta de precisión para identificarlos y llegarles con subsidios o devolución de IVA, entre otros.
Es que según se lee en la reforma laboral, el pago de los aportes a los subsistemas de pensiones, salud y riesgos laborales se realizará a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), “o la herramienta que haga sus veces, que para este efecto defina el Gobierno Nacional”.
En complemento a ello, el control y seguimiento de la afiliación y pagos a seguridad social de los trabajadores digitales estará a cargo de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).
Optimismo
José Daniel López, director ejecutivo de Alianza In, expresó que al final de cuentas esta es la oportunidad para avanzar en la formalización y protección de los más de 120.000 repartidores sin poner en riesgo sus trabajos, ni a los más de 75.000 comercios que venden a través de estas plataformas, ni la libertad de consumo de más de 2 millones y medio de usuarios que compran a través de estas.
En efecto, el profesor García, de U Rosario, consideró que este cambio en las reglas no generará desempleo, pues la vinculación de personas a las plataformas de reparto está asociada a la demanda, que cada vez es mayor.
De su lado, el Ministerio de Trabajo valoró “la garantía de protección social como estándar de trabajo decente, así como la transparencia y utilización de los sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones”.
Sobre los puntos del articulado, la firma de abogados Holland & Knight recordó algunas especificaciones, como que quienes se vinculen como independientes no podrán tener cláusulas de exclusividad, y la obligación para todas las plataformas digitales de reparto de estar registradas ante el Ministerio de Trabajo.
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