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La prima extralegal surge de un acuerdo entre empleador y empleado, constituyendo un incentivo adicional que va más allá de los derechos laborales establecidos por ley. A diferencia del salario, las cesantías, la prima de servicios y otras prestaciones, la prima extralegal es un compromiso económico adicional, vinculado a la eficiencia, rendimiento, experiencia o conocimientos del trabajador.
Calcular su valor resulta desafiante, ya que implica considerar diversos factores subjetivos. Aunque se parte del salario, sumándole el auxilio de transporte y dividiendo esa suma por dos, la fórmula final implica una evaluación más subjetiva del desempeño y habilidades del empleado.
Es crucial destacar que su suspensión no puede realizarse unilateralmente; ambas partes deben acordarla durante el proceso de contratación. Por lo general, se entrega junto con el pago de la prima en junio y diciembre, y las políticas de entrega son definidas por cada empresa.
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La prima extralegal está destinada a empleados con contrato indefinido, fijo y a aquellos que cumplen condiciones de empleado dependiente, como trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar y trabajadores por días.
No todos tienen derecho a la prima; los trabajadores con contrato de aprendizaje, independientes, bajo contrato de prestación de servicios, transitorios, salario integral, ocasionales o temporales, aprendices, y personas con contrato de aprendizaje están excluidos.
El Ministerio de Trabajo establece que el pago de la prima debe realizarse dos veces al año y equivalente a 15 días trabajados. El plazo para el pago de la prima de diciembre no debe exceder el 20 de diciembre, según la legislación.
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El cálculo de la prima se realiza multiplicando los días trabajados en los últimos seis meses por el salario mensual y dividiendo el resultado entre 360. Este pago adicional, que representa un alivio financiero para los empleados, puede destinarse a diversas necesidades, como el pago de deudas o los gastos navideños.
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