Procuraduría e intervención en política

Alfonso Gómez Méndez

La reciente decisión de la Procuraduría General sancionando con seis meses de inhabilidad al exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, por intervención en política, revive el debate sobre dos temas controvertidos: la facultad del Ministerio Público para investigar y sancionar disciplinariamente a funcionarios de elección popular y, el alcance del concepto de “intervención en política”.
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En cuanto al primero, y a pesar de las reiteradas descalificaciones del jefe del Estado, la Corte Constitucional, en decisión que aparentemente no ha sido acatada por algunos magistrados del Consejo de Estado, dejó establecido que una interpretación del artículo 23 de la Convención Interamericana, frente al ordenamiento establecido en la Constitución del 91, no deja duda de la existencia de esa facultad.

Es verdad que esa norma literalmente dice que los derechos políticos de los funcionarios de elección popular no pueden ser afectados sino por decisión de un juez penal. Esa disposición -incorporada al ordenamiento jurídico en 1972- desconoce el sistema jurídico interno colombiano.

Si se aplicara de manera aislada, el Consejo de Estado -que es juez, pero no penal- no podría decretar pérdida de investidura con muerte política incluida, como lo ha hecho en más de sesenta casos después de la vigencia de la actual Constitución, ni el Consejo Nacional Electoral que también puede “des-investir” a alcaldes, gobernadores, congresistas y hasta al propio presidente de la República, por ejemplo, por violación de los topes electorales como lo ordena la carta política. 

Además, concentrar esa facultad en los jueces penales es inocua pues siempre, desde la Constitución del 86, pueden inhabilitar a funcionarios elegidos cuando son condenados penalmente.

En el caso del actual presidente si bien hubo la decisión de la Comisión, fue el Consejo de Estado el que anuló la destitución que le había impuesto el procurador Ordóñez. Es decir, fue el derecho interno el que se aplicó.

Es más, antes de la vigencia de la actual Constitución existían dudas sobre si la Procuraduría podía investigar a los elegidos. Revisé las actas de la constituyente para un trabajo en la Academia de Jurisprudencia y allí queda claro que los Constituyentes, al reproducir la facultad del Ministerio Público para sancionar empleados, agregaron la expresión “inclusive los de elección popular” (artículo 272). Humberto de la Calle, considerado uno de los padres de la actual Constitución, reconoce que los constituyentes sí conocían la Convención Interamericana pero que, a pesar de eso, insistieron en esa facultad como un mecanismo para combatir la corrupción. Es decir, no fue un olvido sino una determinación estudiada.

Lo curioso es que se critica -a mi juicio sin razón- esa facultad cuando hay sanciones, pero no cuando hay absoluciones. Así ha ocurrido con el propio exalcalde a quien la misma Procuraduría le ha archivado varios procesos y acaba de suceder con el actual ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, a quien le archivó en segunda instancia una investigación por hechos ocurridos cuando se desempeñaba como alcalde de Ibagué y por la cual había sido inhabilitado en primera instancia.

Lo que sí hay que revisar es si se justifica mantener como falta disciplinaria la “intervención en política”. Existiendo esa disposición la Procuraduría debía aplicarla. La discusión es si se justifica o no mantenerla. Creo que no. Todos los funcionarios elegidos popularmente participan en política, lo que es de la naturaleza de esos cargos. Presidente, ministros, gobernadores y alcaldes, por ejemplo, al defender su obra de gobierno hacen política. Esa norma viene del plebiscito de 1957. Otra cosa es utilizar los recursos públicos o la burocracia para alterar la voluntad del elector, lo cual penalmente constituiría peculado o constreñimiento ilegal. Este debate debe abrirse para colocar las cosas en la realidad y no seguir viviendo de ficciones.


 

PAÍS POSIBLE DE ROJAS MORALES.

Ernesto Rojas Morales, es uno de esos políticos pensadores que ya el país casi no ve. Director del DANE, cofundador del Nuevo Liberalismo, senador y muy cercano a Luis Carlos Galán. Acaba de escribir un interesante ensayo sobre la problemática nacional -política, economía, instituciones- que debería ser texto de consulta para quienes se ocupan de la “cosa pública”.

 

Alfonso Gómez

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