Muchos son los acontecimientos que han rodeado la adjudicación y ejecución del contrato No. 060 del 8 de noviembre de 2011 suscrito por el Ibal S.A. ESP y el Consorcio Acualterno, por un valor de $6.296.806.920 millones de pesos, cuyas obras corresponderían a la Primera Fase de la Primera Etapa de las seis que componen este Proyecto, de los cuales se han cancelado $2.739.805.787 millones de pesos, presentándose un porcentaje de ejecución de obra a la fecha del 44.85 por ciento.
Sin embargo, el pasado viernes 11 de octubre, durante debate de control político realizado en el Concejo Municipal de Ibagué al Instituto Ibaguereño de Acueducto y Alcantarillado quedó en evidencia que, nuevamente y por Cuarta vez, se ha presentado solicitud de reformulación de esta 1ª Fase del proyecto ante el Ministerio de Vivienda – Viceministerio de Agua y Saneamiento básico (VASB), de la cual se está a la espera de su aprobación.
Desde el 2 de agosto de 2013, tanto el contrato como las obras se encuentran suspendidas, todo por cuenta del vencimiento del contrato de interventoría suscrito entre Fonade y el Consorcio Ambiental Grupo Siete. Pese a que el Municipio ya garantizó los recursos ($150.000.000) para contratarla nuevamente, ésta no podrá iniciar hasta tanto sea aprobada la Reformulación No. 4 presentada el pasado 20 de agosto ante el VASB.
Los inconvenientes jurídicos derivados de la ejecución del Contrato No. 060 de 2011 llevaron a que en reunión de Junta Directiva Ordinaria del Ibal S.A. ESP del pasado 17 de septiembre del 2013, la cual fue suspendida y reanudada el 23 de septiembre, se determinó proponer al Consorcio Acualterno la ejecución de un adicional al Contrato por un 50 por ciento, valor equivalente a $3.148.403.460.
Esta propuesta fue rechazada por el Contratista, quien a través de su apoderado jurídico, el abogado Orlando Arciniegas Lagos, profesional del derecho que en el pasado obró como asesor jurídico de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo del Tolima - Edat S.A. ESP y que ahora se desempeña como asesor jurídico de la administración municipal, aspecto que si bien no es ilegal desde el punto de vista ético no es correcto, como no lo es el surgimiento de veedurías conformadas por quienes en el pasado hicieron parte de la entidad, quien señaló la intención del Consorcio de dar por terminado unilateralmente el contrato y exigir su cumplimiento por vía judicial además de reclamar un presunto desequilibrio económico, dejando abierta la posibilidad de conciliar, de no garantizarse por parte del Municipio y el Ibal S.A. ESP los recursos necesarios para ajustar los “valores reales del contrato” que permitan la ejecución del mismo en su totalidad, los cuales estarían por el orden de los $16.000.000.000 millones de pesos, es decir, casi el 200 por ciento del valor inicialmente suscrito.
Tendremos que continuar con la procesión que inició hace mas de siete años y esperar, primero, si el VASB aprueba esta cuarta reformulación y, segundo, confiar en que la Junta Directiva del Ibal S.A. ESP tome una decisión de fondo sobre este asunto y no continúe dubitando en cuanto a su competencia legal y estatutaria para definir cuál es el paso a seguir respecto a este Contrato, máxime cuando sea cual fuera su decisión, la acción judicial contra la entidad parece inminente.
Lo único cierto es que la cadena de errores no puede continuar y que los responsables de este posible y muy probable detrimento patrimonial tendrán que responder por sus acciones y omisiones, así se escuden en veedurías ciudadanas.
El proyecto “Acueducto Complementario con Fuente Alterna de Captación” sigue en un limbo jurídico y financiero en cuanto a su definición y ejecución.
Credito
CAMILO DELGADO
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