La historia de la cadena de irregularidades que han girado en torno a la expedición de las licencias de exploración minera que actualmente ostenta AngloGold Ashanti continúa, y pareciera no tener fin.
Primero fueron las licencias de exploración minera expedidas en área declarada como Reserva Forestal Central, desconociendo abiertamente el Código de Recursos Naturales, razón por la cual Cortolima ordenó la suspensión inmediata de actividades hasta tanto la transnacional minera obtuviera del Ministerio de Ambiente la sustracción del área correspondiente de la reserva.
Después fue la orden de suspensión de actividades y el decomiso de equipos en el municipio de Piedras, proferida por la autoridad ambiental, por estar ejecutando actividades de exploración sin los correspondientes permisos, sumado a la intervención de una zona catalogada por el Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) como de uso agropecuario de alta fragilidad, específicamente, el predio denominado “La Perdiz”, de la vereda Camao, donde AGA venía adelantando actuaciones que generarían inminentes riesgos y eventuales afectaciones al recurso hídrico, desconociendo las normas mínimas en materia de permisos establecidas por la Ley 99 de 1993.
La última actuación irregular ocurrió hace un par de semanas. Cortolima ordenó la suspensión preventiva de las actividades de exploración que venía ejecutando AGA en una nueva área de reserva forestal autorizada por el Ministerio de Ambiente, ante la omisión e incumplimiento, por parte de la compañía, de una serie de requisitos previos, tales como la socialización de las actividades a la comunidad del área de influencia del proyecto; la ejecución de acciones e instalación de elementos de infraestructura tales como adecuación de caminos y senderos, tendido de cableado para fijar mangueras, construcción de dos plataformas, un helipuerto, entre otras actividades, sin haber presentado el correspondiente informe ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; y la omisión de la presentación ante la autoridad ambiental de las “Guías Minero-ambientales”, exigidas por la Ley 685 de 2001, documento base para poder realizar seguimiento y control a las actividades exploratorias del proyecto, entre otros aspectos.
0 y van 3, AGA, otra vez, burlando el ordenamiento jurídico Colombiano, con la complacencia y el respaldo pleno del Gobierno nacional, que a toda costa sigue en su empeño de atropellar al pueblo Tolimense con su descarriada Locomotora minera. ¿Qué sigue?. Despierta Tolima!!!.
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