La incorporación de nuevas áreas al suelo urbano y de expansión, las cuales no se encontraban en el proyecto de revisión y ajuste del POT, objeto de concertación ambiental entre el municipio de Ibagué y Cortolima, significa, para la autoridad ambiental, la introducción de elementos nuevos que no hicieron parte del proceso de concertación y que, como tal, no podrían haber sido añadidos.
Sin embargo, la Administración municipal, defiende dicha incorporación señalando que estos “nuevos terrenos” corresponden a la convocatoria realizada en los términos de la Ley 1537 de 2012, que en su artículo 47 permite por una sola vez a las administraciones municipales, en el período comprendido entre 2012 y 2016, incorporar al perímetro urbano predios localizados en suelo rural, suelo suburbano y suelo de expansión requeridos para el desarrollo y construcción de Vivienda de Interés Social y Vivienda de Interés Prioritario.
Adicional a este punto, se han señalado por parte de Cortolima incumplimiento a varias de las observaciones realizadas en el acta de concertación, disponiendo un término de 10 días para que sean subsanadas, entre las cuales resaltan: los ajustes a la categorización de áreas protegidas en el mapa de modelo territorial; la actualización por parte del Ibal de los documentos que identifican las principales cuencas hidrográficas de Ibagué y las principales cuencas y microcuencas abastecedoras de acueductos comunitarios; la actualización de la certificación de vida útil para la totalidad del relleno sanitario “La Miel”; la inclusión de la ubicación de las actividades de curtiembres y ladrilleras en el polígono de suelo suburbano industrial; la reglamentación del uso del suelo del sector de “La Palmilla”, de conformidad con lo establecido por el Igac y el Pomca del río Totare; la reubicación en el corto plazo de proyectos porcícolas y avícolas en suelo rural no protegido y no a menos de un kilómetro de centros poblados, son, entre otros, aspectos que tendrán que ser ajustados por la Administración municipal en el documento que deberá nuevamente ser objeto de evaluación por la autoridad ambiental, quien de no aceptar las correcciones, remitirá la discusión al Ministerio de Ambiente para que dirima este conflicto.
Hasta tanto lo anterior no suceda, la discusión seguirá dilatándose en el tiempo, afectando notablemente el desarrollo territorial y urbanístico de nuestro municipio.
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