Redes asociales

Ricardo Ferro

Resulta paradójico que las redes sociales en lugar de crear lazos y dinamizar la comunicación, se estén convirtiendo en una peligrosa arma psicológica y social. Son muchos los ejemplos de injurias y calumnias que terminan, en el mejor de los casos, en una insulsa rectificación. Pañitos de agua tibia, teniendo en cuenta que una vez publicado un contenido, este pudo haber sido leído y replicado por miles de usuarios y difícilmente la rectificación es la cura contra la sevicia digital.

En la sentencia T-155 de 2019 la Corte despeja una incógnita que seguramente muchos se han planteado: ¿dónde termina el derecho a la libre expresión y prevalece el derecho al buen nombre, a la honra y a la intimidad?

Respondiendo a esta inquietud se plantearon cinco parámetros que ayudan a que las redes no sean un condicionante irrazonable: ¿quién comunica?, ¿de qué o de quién se comunica?, ¿a quién se comunica?, ¿cómo se comunica? Y ¿por qué medio se comunica?

La mencionada sentencia trata el caso de un funcionario público del Hospital Universitario de Santander relacionado con un cartel de corrupción. Esta afirmación fue compartida con su foto, por lo cual interpuso una acción de tutela para que se protegieran sus derechos al buen nombre, honra e intimidad, ya que había tenido que defenderse de esta falsa acusación en reiteradas ocasiones. Finalmente demostró ante la ley no haber tenido conductas penales, disciplinarias o fiscales, pero el daño social en la web ya estaba hecho. Teniendo en cuenta esta referencia, valdría la pena añadir un sexto parámetro para no incurrir en injuria o calumnia; que se haga el ejercicio bien hecho, validando la información con fuentes confiables. Más allá de criticar sin fundamentos y de seguir en un círculo vicioso, las redes sociales pueden usarse para generar opiniones, difundir información verás, con responsabilidad y compromiso, con lo cual se evita una repercusión social y legal.

No solo en Colombia, sino en el Mundo hace falta cultura y educación en materia de redes sociales. Algunos las vienen convirtiendo en una herramienta cobarde para insultar, humillar y calumniar. En pocas palabras, una manera fácil de acabar moralmente con quien piensa diferente, escudándose en el derecho a la libre expresión de una boca sin rostro.

Pero, ¿qué tanta claridad tienen las personas sobre esa libertad de expresión, y la libertad de información? Este tema, que ha generado controversia en el universo de las redes sociales, requiere ser entendido y diferenciado.

Nuestra Corte Constitucional ha expuesto que la libre expresión consiste en difundir pensamientos u opiniones sin limitaciones. Sin embargo, deja de ser considerada como un derecho cuando con dichos comentarios otra persona está siendo vapuleada con mentiras, muchas veces provenientes de contenidos que no son plenamente corroborados y que violan la libertad de información, la cual nos da el derecho de recibir y proporcionar información veraz e imparcial. Saque de Banda: el punto de partida para hacer un uso responsable de las redes sociales es entenderlas como un mecanismo para acercar a las personas, no para distanciarlas y, cuando la finalidad es expresar una crítica, se debe tener claro que la misma (la crítica) no sólo tiene un destinatario con nombre y apellido, sino también un autor identificable que deberá fundamentar sus comentarios para no incurrir en injuria y/o calumnia.

Representante a la Cámara

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