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Cortolima, en el pasado, se había opuesto al proyecto de Mineros de Ataco SAS, en la misma zona, arguyendo que “… Es una zona inundable, zona de remanso del río Saldaña.… El proyecto afectaría de manera irreversible la conectividad de las zonas de recarga del río Saldaña en la medida en que en el área que se proyecta hacer la explotación están dos quebradas que se cruzan y las obras que afectarían el ciclo natural de descarga de agua al río Saldaña”.
No obstante, el argumento central de los magistrados tolimenses para negar la tutela fue que correspondía a “una situación fáctica con condiciones totalmente distintas a las que presenta Agregados Ingecol… por lo cual reitera que dicho concepto carece de validez probatoria frente a las afectaciones que se alegan en este asunto…”
Argumento discutible: la licencia negada a Mineros de Ataco SAS iba por el costado sur de la quebrada Apone, en Ataco, mientras que la licencia concedida a Agregados Ingecol va por ambas orillas. El corazón de la mina Apone está en la desembocadura de la quebrada en el Saldaña. El polígono de Agregados Ingecol comprende 342 hectáreas en ambas riberas de los dos cuerpos hídricos, ya no solo en Ataco, sino también en Chaparral.
Sin duda, las afectaciones del proyecto suspendido por el Tribunal de Neiva, y cuya nulidad está a consideración del Tribunal Administrativo del Tolima, son aún más gravosas. El Estudio de Impacto Ambiental es una vergüenza; adolece de un rosario de omisiones que esperamos serán analizadas, a profundidad, por nuestros magistrados. No es sino marcar las coordenadas de ambos títulos mineros, en el aplicativo ArGis, para corroborarlo.
Y hablando de mapas y croquis como medios probatorios, vuelvo sobre la tutela que les negó a los vecinos de Calambeo copias de los planos de un proyecto urbanístico, alegando violación a los derechos de autor. Los curadores no fueron nombrados para fallar la Bienal de Arquitectura de Venecia. Los planos se entregan a las curadurías para ser evaluados, discutidos y estar sujetos a correcciones y modificaciones, pues deben ajustarse a las normativas urbanísticas, ambientales y de transparencia. Dicha información es pública y, por ley, sujeta al examen de la comunidad.
¿Será que el juez penal de Ibagué actualizó el estado del arte de la jurisprudencia constitucional y ahora peritazgos y testimonios gozan de reserva, por existir sobre ellos propiedad intelectual? ¿Podrá negarle el derecho de contradicción al acusado, arguyendo derechos de autor de la declaración jurada del denunciante? Y un último interrogante: ¿existiendo doctrina oficial expresa del Ministerio de Vivienda, en favor de la transparencia de dicha información, le parece sensato al juez creer que su función constitucional consiste en prevenir la ruptura del himen artístico del arquitecto?
P/ Entretanto, Cortolima le sube a Usosaldaña la Tasa por Uso del Agua (TUA) 450%, pasando de $618 a más de $3 mil millones. ¿Tendrán que poner la tutela en Pitalito?
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