Desde siempre, y más ahora con la comunicación tecnológica, suministrar datos se convirtió en práctica cotidiana. Entes públicos o privados los requieren para desarrollar actividades como enviar información, venta de bienes y servicios, negociaciones, ofertas de empleo, etc. Y, personalmente o vía Internet, todos vamos escribiendo datos particulares en cuanto formulario se nos presente, sin saber qué rumbo va a tomar esa información.
Bueno, a la hora del té, sí sabemos que es mercadeada. Por eso, sin que nosotros seamos clientes ni nunca les hayamos suministrado nuestros datos, los bancos, compañías telefónicas, empresas de servicios públicos, grandes superficies y cuanto mísero negocio exista, nos acosan día y noche, con llamadas telefónicas o correos por Internet, ofreciéndonos baratijas, cachivaches o el ridículo servicio que se les ocurra.
Pero, desde ayer 17 de abril, sea en forma física o electrónica ya no se puede, impunemente, obtener, usar, divulgar, almacenar o suprimir datos personales, sin autorización firmada por su propietario. Desde octubre de 2012 fue aprobada la Ley 1581, que dio seis meses para que toda empresa o ente público o privado, instalara seguras medidas administrativas, físicas y técnicas, para desarrollar estricto control de manejo de datos personales de sus clientes o usuarios. Garantizándoles de esta manera, integridad, confidencialidad y no acceso sin autorización a dicha información.
Dato personal es cualquier información relacionada con el individuo. Incluye nombre, fecha de nacimiento, edad, estado civil, sexo, nacionalidad, dirección, teléfono, correo electrónico, fotografías, huellas digitales, firma, trabajo, NIT, información tributaria, historial crediticio, cuentas bancarias, ingresos, egresos, creencias religiosas, filiación política o sindical, membresía de organizaciones, estado de salud, historia clínica, información genética, enfermedades, tipo de sangre, ADN, origen étnico, tipo de vida, hábitos sexuales, entre otros.
Cada persona es dueña indiscutible de sus datos personales. De ahora en adelante, sin su consentimiento, nadie los puede utilizar. En caso contrario, quien perpetre el delito tiene que pagar dos mil salarios mínimos o, también, podrían cerrarle la empresa o entidad. Por ser dueña de sus datos, la persona puede exigir saber qué uso se les dará. Como también, teniendo información inequívoca y específica, a decidir libremente y sin coacción, si quiere compartirlos con otras personas, empresas o entidades.
Es transcendental enseñar a los niños a proteger sus datos personales, igualmente, deben saber el peligro a qué se exponen suministrando, fácilmente, información propia o familiar. También, es perentorio que todos salvaguardemos los datos personales, porque así como algunos entes, empresas y empresitas los usan para fastidiarnos ofreciéndonos sus productos, personas inescrupulosas los manipulan para afectar laboralmente o discriminar. Lo mismo, existen criminales que pueden modificar o robar nuestra identidad, involucrándonos en situaciones peligrosas que perjudican nuestros derechos y libertades fundamentales.
Desde siempre, y más ahora con la comunicación tecnológica, suministrar datos se convirtió en práctica cotidiana. Entes públicos o privados los requieren para desarrollar actividades como enviar información, venta de bienes y servicios, negociaciones, ofertas de empleo, etc.
Credito
AMPARO MARGARITA MORALES FERIA
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