¿Demandada la ley contra conductores ebrios?

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Produce tranquilidad, el especial cuidado que en todas las celebraciones, se tiene en este momento, a causa de la Ley 1696 del 19 de diciembre pasado “Por medio de la cual se dictan disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas”, de la cual soy total defensora.

Pero pareciera que no importa acrecentar la inseguridad y continuar afectando las familias, la sociedad y el Estado, cuando Tomás Javier Oñate Acosta, abogado costeño, ha demandado la totalidad de la Ley en mención, por considerarla inconstitucional, toda vez, que según él, es violatoria del artículo 29 de la Constitución, referido al “debido proceso”, por cuanto se le otorga total potestad a las autoridades policivas.

Todos sabemos que cuando se expiden normas en nuestro Estado tenemos todo el derecho de censurarlas o apoyarlas, sin embargo, la postura que considero se debe asumir, es la de plantear soluciones que ofrezcan seguridad a los colombianos, ante el mayor problema de salud pública, poco atendido hasta el momento en que se sanciona esta Ley.

Infortunadamente un alto porcentaje de habitantes del país no quiere hacer parte de la solución, no mejora sus niveles de ciudadanía y no le importa su región, su ciudad.

Los gobernantes desde sus administraciones requieren el apoyo de la comunidad, que cada uno demuestre el sentido de pertenencia y el amor por lo nuestro, el cuidado de lo público es de todos, pero venimos fallando fuertemente, porque en el país, a excepción de Antioquia, la formación de mejores ciudadanos no ha tenido impacto.

Parece ser que las familias y la escuela en buen número, no forman para el respeto y cuidado de sí mismo, de las personas, los bienes públicos, la naturaleza y el entorno.

No se forma para ser propositivo, razón por la cual la crítica destructiva pulula, porque es más sencilla y exige menos esfuerzo. La Costa requiere mayores cuidados porque es una zona turística por excelencia, ¿qué propone el abogado Oñate, fuera de que se declare inexequible la totalidad de la Ley? Para la policía también habrá sanciones si se extralimita.

Según el abogado, “nadie en Colombia está en disposición de pagar una multa de 14 millones de pesos por el resultado de una prueba de alcoholemia que salga positiva por haber usado enjuague bucal, que contiene alcohol”, (Tiempo.com). Me pregunto si un conductor ebrio, a las 3 de la mañana, podría alegar que se ha hecho un enjuague bucal.

Espero que quienes estén de acuerdo con la demanda, sean rigurosamente propositivos, porque no se puede desconocer que es la primera vez que bajan los índices de accidentalidad en el país.

Credito
INDIRA ORFA TATIANA ROJAS OVIEDO

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