Proyecto de ley 397 de 2024

Columnista Invitado

Se han hecho ya varios intentos de reformar la Ley 675/01 y esta semana fue aprobado por la comisión de la Cámara el P.L. 397 de 2024. Con la finalidad de no entrar a una profundización jurídica, veamos los principales cambios que tiene esta iniciativa legislativa presentada por el partido Liberal:
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1. Se ampliaron y se modificaron varias definiciones que generan confusión en la aplicación de la ley.

2. Aumenta los requisitos mínimos que deben tener los reglamentos de propiedad horizontal.

3. Reglamenta las obligaciones dentro de las construcciones por etapas.

4. La representación legal se hará en las cámaras de comercio y creándose el registro único nacional de propiedad horizontal (RUAPH).

5. Autoriza la extinción de la propiedad horizontal para constituir otras formas asociativas inmobiliarias.

6. Fortalece el tema de seguros obligatorios en la propiedad horizontal.

7. Los bienes comunes de uso exclusivo como patios interiores, retiros, terrazas, etc. deberán pagar expensas acordes a los coeficientes. Formaliza totalmente la entrega de bienes comunes por parte del propietario inicial y establece los procedimientos necesarios para el cobro de garantías.

8. Realiza unas modificaciones en la aplicación de los coeficientes, especialmente en el caso de las parcelaciones.

9. Aumenta requisitos para la realización de las asambleas ordinarias y extraordinarias.

10. Se pronuncia sobre los arrendamientos turísticos.

11. Aumenta las funciones del administrador de propiedad horizontal y le exige tanto inscribirse en un registro único, como acreditar cualificación y capacitación para el ejercicio del cargo.

12. Le establece funciones al administrador provisional.

13. Establece las funciones, prohibiciones; como las inhabilidades e incompatibilidades de los consejos de administración.

14. La elaboración de los manuales de convivencia no requerirán llevarse a registro, simplemente cumplir con su divulgación.

15. Se deberá elaborar un protocolo para denunciar la violencia intrafamiliar.

16. Se obliga a fortalecer la accesibilidad para personas con discapacidad y personas mayores.

17. Se obliga incluir en las copropiedades el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

18. Los edificios y conjuntos deberán iniciar actividades para el desarrollo del reciclaje y manejo de residuos.

 

El proyecto en general recoge normas sobre las cuales ya se han pronunciado los diferentes entes judiciales y crea otras para que el estado y los copropietarios tengan un mejor control de los órganos de administración.

De los proyectos presentados con anterioridad vemos éste un poco más aterrizado, aunque todavía con algunas contradicciones que esperamos sean resueltas en los posteriores debates. Ahora esperemos cómo será el camino que va a recorrer esta iniciativa.

 

Ramiro Serrano

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