PUBLICIDAD
Para el alto tribunal, el legislador excluyó a las personas con discapacidad distinta a la visual que requieren la compañía de un canino de asistencia para ingresar a lugares abiertos al público o edificaciones públicas.
La Corte señaló que el Congreso incurrió “en un acto discriminatorio en contra de las personas en situación de discapacidad distinta a la visual, cuando omitió de manera injustificada su inclusión en una regulación legal que contiene un beneficio que busca asegurar su acceso al entorno físico y su inclusión social”.
El alto tribunal expuso que una persona con discapacidad mental que requiere la compañía de su perro de asistencia, se encuentra en una situación asimilable a una persona con discapacidad visual que necesita el apoyo de su perro guía.
“En efecto, en ellos converge la misma condición de tener una discapacidad y la necesidad de contar con el apoyo de un perro entrenado que les ayude a superar sus limitaciones funcionales y a moverse por el mundo con mayor autonomía y seguridad”, señala el documento de la Corte.
Comentarios