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Para nadie es un secreto que lo que se vive actualmente en las cárceles y Unidades de reacción inmediata, Uris, o los CAI de la Policía, es un total hacinamiento. No obstante, las ideas que tiene en mente el Ministerio de Justicia para resolver este inconveniente no han evitado la polémica y las distintas ideas a favor y en contra.
Con la premisa de humanizar la política criminal con justicia restaurativa y menos cárceles, se trabaja desde esta cartera en un proyecto de ley para presentar en el Congreso de la República con varias propuestas para reformar el Código Penal y Penitenciario.
Algunas pistas han dado desde el ministro Néstor Osuna sobre lo que piensa hacer. Sin embargo, Colprensa tuvo acceso al borrador más actualizado y el cual plasma las principales ideas de la iniciativa y que suscitan polémica con argumentos a favor y en contra.
Una justicia restaurativa, disminución de la pena máxima en Colombia, que los presos puedan salir de día a trabajar y regresar a dormir a las cárceles en la noche, aumentar el rango de años de condenados para obtener el beneficio de casa por cárcel, no aplicar el delito del terrorismo en los casos de manifestaciones y evitar la reincidencia, son algunos de los puntos más polémicos que analizaremos junto a expertos y su posible o no viabilidad.
Salir a trabajar de día y regresar en las noches a la cárcel
Según ha expresado el ministro de Justicia, Néstor Osuna, una de las propuestas que van a presentar al Congreso es la autorización para que los internos salgan de día a trabajar y regresen en la noche a los centros de reclusión.
“La persona sale a trabajar durante el día. El Estado tiene que conseguirle un trabajo público o en empresa particular. La persona sale vigilada por el Estado y en la noche regresa a dormir en la cárcel”, dijo el ministro Osuna.
Esto tendría dos aspectos importantes según el Ministerio: inicialmente, esta propuesta aplicaría para quienes hayan cumplido el 50 % de su condena cuando son delitos leves. En el caso de delitos graves como de lesa humanidad, crímenes de guerra, genocidios, estos serían aplicables solo hasta el 60 % de la pena cumplida. A las personas condenadas por delitos sexuales para menores de edad no aplicarían esta propuesta.
Según Hernando Herrera, presidente de la Corporación Excelencia en la Justicia, aunque valora los esfuerzos para disminuir el hacinamiento carcelario, esta propuesta es “inviable y utópica” debido a que estas tareas de vigilancia de los presos estarían en manos del Inpec.
“El Inpec es una institución que hoy en día no ofrece garantías para poder comprometerse con ese ejercicio. Desde ese punto de vista y teniendo en cuenta que el guardián dé esa posibilidad para que fluya adecuadamente, no tiene la capacidad para hacerlo. La propuesta hoy en día parecería ser absolutamente utópica”, expresa.
Disminución de la pena máxima en Colombia
Actualmente, en Colombia existe la pena máxima que es de 60 años. No obstante, según el borrador conocido por esta redacción, se estudia desde el Ministerio de Justicia reducir la pena máxima hasta los 40 años, sin contar los procesos en concurso, es decir, en los que hay varios delitos cometidos al mismo tiempo.
Santiago Trespalacios, abogado penalista y quien está de acuerdo con la propuesta del Ministerio de Justicia, destaca la finalidad de transformar la justicia penal en el país.
Asegura Trespalacios que la pena de prisión en Colombia es de las más altas en Sudamérica y solo superada por Brasil. Expresa que hay que ver con buenos ojos la propuesta cuya finalidad es bajar un poco la agresividad de las penas y de paso mejorar la sociedad.
“La propuesta de la justicia restaurativa está intentando que el aparato penal no aparezca únicamente para castigar, sino también para intentar robustecer o mejorar el tejido social que se perjudica con el delito”, dijo.
Aumentar los delitos para el beneficio de casa por cárcel
Según el borrador que recoge las principales ideas de la cartera de justicia, hay un artículo que cambiaría los límites que beneficia la prisión domiciliaria. Aunque actualmente este beneficio solo aplica a delitos con ocho años de condena, se plantea pasar a 12 años el límite para acceder a este beneficio.
Para Hernando Herrera, presidente de la Corporación Excelencia en la Justicia, estas propuestas privilegian a los victimarios sobre los derechos de los ciudadanos de bien.
“Yo considero que al Gobierno Nacional le debe quedar claro que la opinión de las víctimas es necesaria, y no lo digo solamente por esta iniciativa, sino por otras que han venido cursando y en las cuales parecería ser que la política no tiene en cuenta esa voz de las víctimas. El proyecto carece de motivación y de fundamentación para garantizar estos derechos que tantas veces han sido pisoteados en nuestro país. No he oído la voz de las víctimas”, enfatiza.
Otros beneficios para la población carcelaria
Además, las otras reformas que plantea el Ministerio de Justicia para cambiar la política penitenciaria y carcelaria con la finalidad de la resocialización son:
Cuando se trate de delitos sancionados con pena privativa de la libertad que no exceda los ocho años, pueden someterse a un proceso de solución, en el cual se dialogue con la víctima posibles reparaciones y obtener medidas de aseguramiento no privativas de la libertad.
Las personas condenadas que tengan fuertes quebrantos de salud o que demuestren “pérdida de autonomía”, se busca que la posibilidad de que cumplan sus condenas en centros hospitalarios y en domiciliaria.
Tras esto, el abogado Santiago Trespalacios asegura que la justicia actual es pensada como venganza, pero “en aspectos como la indemnización, reparación o el resarcimiento de los agravios no suelen aparecer dentro de la dinámica penal”.
En la otra orilla, Hernando Herrera expresa que se deben tener en cuenta las voces de las familias que han tenido que padecer la desaparición de un ser querido, la violación o el abuso de un menor que después ha sido asesinado.
Adicionalmente, la justicia actual se basa en un sistema de acumulación de rebajas, a veces generosas a ultranza. Para Herrera, “si tenemos un Derecho Penal solo pensado en beneficiar al delincuente, en desmedro de los derechos del ciudadano de bien, entonces será una política en desbalance y adicionalmente con una alta dosis de incredulidad ciudadana”.
No es terrorismo, pase lo que pase en las protestas
Uno de los delitos que más polémica ha suscitado en los últimos meses, y quizás años, en Colombia, es el terrorismo, debido a que últimamente ha sido ligado a las protestas sociales.
Según el Código Penal actual, el delito de terrorismo es: “El que provoque o mantenga en estado de zozobra o terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o las edificaciones o medios de comunicación, transporte, procesamiento o conducción de fluidos o fuerzas motrices”.
Partiendo de ello, la propuesta del Ministro de Justicia es desligarlo de la protesta social, prohibir imputar el delito de terrorismo y de paso el de concierto para delinquir cuando la persona detenida actúe en ese marco de manifestación.
José Luis Moreno, abogado en Derecho Constitucional, comentó que no es acertada esta decisión, aunque se esté a favor de una justicia restaurativa debido a las posibles infiltraciones de organizaciones criminales que aprovechan las protestas.
“Este parágrafo lo que estaría impidiendo es que las organizaciones criminales que se infiltran para manifestar ese tipo de terror y zozobra y utilizaron como pantalla o escudo las manifestaciones no podrían ser acusados, ni imputados y esto podría generar una consecuencia peor”, asegura.
Igualmente, pone el caso de la influenciadora Epa Colombia del que, asegura, no se deben ‘sobreinflar’ los delitos, ya que “está mal que dañe el Transmilenio y los buses, pero hay otros delitos que se adecuan mejor a eso. Pero cuando se infiltran organizaciones que generen ese tipo de actuaciones terroristas, creo que no se les puede poner ese limitante a los jueces y fiscales”.
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