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La decisión se adopta siguiendo los lineamientos del acuerdo 009 del 22 de mayor del 2018, que establece que la medida se adopte dos veces al año, una el segundo miércoles de febrero y otra el tercer miércoles de septiembre.
El artículo primero del Decreto No. 1000-0078 del 2 de febrero de 2023 reza que estará prohibida la circulación de vehículos automotores de servicio particular incluidas las motocicletas, en el perímetro urbano de la ciudad de Ibagué. La jornada se hará entre las 6 de la mañana y las 8 de la noche.
“Este día no es solamente dejar nuestros vehículos en casa, sino generar una cultura hacia la conservación del medio ambiente. También tendremos una serie de excepciones que básicamente son las mismas de años anteriores”, mencionó Ricardo Rodríguez, secretario de Movilidad.
Como indica el decreto, este tipo de reglamentación se implementa con el fin de reducir la contaminación atmosférica, disminuir los efectos del gases invernaderos, mejorar la movilidad, además de impulsar en la ciudadanía el uso de medios de transporte alternativos sostenibles como la bicicleta.
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Excepciones
Los siguientes vehículos podrán transitar sin ningún inconveniente y son excepcionales respecto al artículo primero del decreto 1000-0070 del 2 de febrero de 2023:
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