Presupuestos en el 2023

Columnista Invitado

Empieza el año y antes de empezar a programar las respectivas asambleas ordinarias en la propiedad horizontal; es necesario que tanto el presupuesto, como los estados financieros sean aprobados en primera instancia por el consejo de administración del Edificio o Conjunto; como lo establece el artículo 38 de la ley 675/01.
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Este año por razón de la inflación y las cargas económicas establecidas por el gobierno nacional, se calcula que las expensas comunes necesarias pueden incrementarse en cifras que pueden superar el 16%, veamos el análisis del porqué: 1. El pago de vigilancia acorde al decreto 1561 de 2022 tendrá dos incrementos: uno al principio de año que es proporcionalmente al incremento del salario mínimo y otro a partir del 15 de Julio de 2023 por entrada en vigencia de la ley que reduce la jornada laboral; pudiéndose estar pagando para mediados de año un porcentaje mayor al 18%. 2. Los pagos correspondientes a prestación de servicio de aseo, administración, contabilidad; generalmente suben en proporción del salario mínimo. Muchas veces por disminuir estos conceptos, estamos arriesgando a que la copropiedad se presten servicios por personas o empresas sin la capacidad para hacerlo, haciendo más costoso su nombramiento a largo plazo. 3. En cuanto a los servicios públicos domiciliarios según la firma Energy Master puede oscilar entre el 25 y 35% para el año 2023. 4. En cuanto al rubro de mantenimientos y la póliza de seguros es necesario aclarar que estos por lo general nunca disminuyen, ya que entre más vetusto sea el edificio, es mayor el mantenimiento, reparación y aseguramiento. 5. En cuanto a la compra de insumos es necesario replantear muchos valores ya que estos se encuentra condicionados a cifras superiores al IPC.

Uno de los errores más grandes que se tienen cuando se entra aprobar los presupuestos es intentarlos subir acordes al incremento del salario mínimo o al IPC, ya que estos deben ser aprobados acorde a las necesidades que tiene la copropiedad y no a las variables económicas. Otro error que se tiene es condicionar el incremento a la recuperación de cartera no entendiendo que esta corresponde es a vigencias anteriores. Por lo anterior, no se debe feriar los porcentajes a incrementar, sino los servicios que queremos incluir o excluir para poder mantener el edificio en que vivimos.

 

RAMIRO SERRANO

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