El derecho animal

Guillermo Pérez Flórez

Entre 1550 y 1551 tuvo lugar un celebérrimo debate en el Colegio de San Gregorio de Valladolid (España), que enfrentó dos formas antagónicas de concebir la conquista de América. Se enfrentaron las tesis de Fray Bartolomé de las Casas y Juan Ginés de Sepúlveda, quien defendía el derecho de los españoles sobre los indígenas, a los que consideraba inferiores por naturaleza. El debate de Valladolid sirvió para actualizar las Leyes de Indias y crear la figura del “Protector de indios”. Carlos I de España, detuvo varios años la Conquista, para dirimir si lo que estaban haciendo en las Indias era correcto o no.
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Este episodio vino a mi mente a raíz de la tutela que concedió la Juez Primero Penal del Circuito de Ibagué, en favor de la preservación del núcleo familiar de una ciudadana y los “derechos de supervivencia” de su perro. El caso servirá de precedente, sin lugar a dudas, y contribuirá a profundizar en la discusión sobre un debate más amplio: la Naturaleza como sujeto de derechos. Recordemos que en 2016 la Corte Constitucional (Sentencia T-622), decidió reconocer al río Atrato como sujeto de derechos, en respuesta a la necesidad de encontrar una vía jurídica para garantizar su conservación y protección.

La Corte desarrolló cinco tesis principales: los derechos bioculturales; el derecho fundamental al agua; el principio de prevención; el principio de precaución; y la vulneración de los derechos fundamentales a la vida, salud y medioambiente de las comunidades étnicas. Y recordemos también, que a comienzos de año, la Corte determinó que los animales no son sujetos de derecho, pero sí objeto de protección constitucional, y que el mejor lugar para Chucho, el oso de anteojos de Barranquilla para el cual se pedía un ‘habeas corpus’, en las condiciones de salud que presentaba, era el zoológico, pues al vivir gran parte de su vida en cautiverio, correría riesgo sin cuidado humano. Es un debate que hasta ahora está empezando.

En paralelo con la cuestión jurisprudencial, se lleva a cabo una discusión filosófico ambiental, y es la manera como los humanos nos relacionamos con la naturaleza. Estamos pasando de un enfoque antropocéntrico a uno ecocéntrico.     El hombre ya no es el centro del universo, ni su misión la descrita en el Génesis: “Y los bendijo Dios y les dijo: Sed fecundos y multiplicaos, y llenad la tierra y sojuzgadla; ejerced dominio sobre los peces del mar, sobre las aves del cielo y sobre todo ser viviente que se mueve sobre la tierra”. Ahora se trata de establecer un relacionamiento más horizontal e igualitario con los ríos, el mar, los bosques, la flora y la fauna. ¿Cuál es la frontera de este enfoque? ¿Podríamos llegar a prohibir la pesca y la caza en términos absolutos?

Hasta hace poco los perros eran animales domésticos, pero no hacían parte de la familia. El Vicepresidente Angelino Garzón declinó en 2014 el nombramiento como embajador en Brasil al no poder llevar a su perro, pues podría afectarlo el calor de Brasilia, y él lo consideraba un miembro de su familia. Algo va de la controversia de Valladolid a la tutela de Ibagué.

GUILLERMO PEREZ FLÓREZ

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