Durante muchos años, cuando se aprobó la autonomía universitaria, se aprovechó la coyuntura para decidir que las residencias universitarias fuesen pagadas por el aspirante a especializarse. Posteriormente, por Ley 100 de 1993 los internos y residentes debieron trabajar en jornadas extenuantes de servicio en clínicas y hospitales sin remuneración alguna, trabajo considerado por el gremio médico cercano a la explotación. Con antelación a la perversa ley 100, los médicos residentes e internos contábamos con una modesta remuneración que llamábamos jocosamente de “metabolismo basal”, es decir que nos permitía vivir con un mínimo decoroso. Eso sí, en jornadas y turnos que excedían muchas veces las 18 o 24 horas.
Quien esta columna escribe se desempeñó como interno del Hospital San Miguel de Neiva, ya desaparecido, en 1965, con una remuneración de cien pesos mensuales equivalente a unos cincuenta mil pesos de hoy. El alojamiento, la alimentación y el lavado de ropa corría por cuenta del Hospital. Éramos seis médicos para atender ciento cincuenta camas y el servicio de urgencias en turnos de dieciocho horas. Si el servicio de urgencias se congestionaba, a base de café trabajábamos veinte horas. El esfuerzo se compensaba además de la satisfacción del servicio con los cien pesos que recibíamos al final del mes. Posteriormente, entre 1966 y 1968 fui médico del Hospital San Carlos de Saldaña y más adelante estudiante en especialización de Salud Pública. En esta especialización se nos reconocía un estipendio mensual, una especie de beca, y nuestra responsabilidad era el trabajo de campo epidemiológico y de salud pública, además de colaboración en estudios e investigaciones. Para resumir, fui favorecido por un estado que reconocía el trabajo combinando de servicio y formación. Es de anotar que para la época obteníamos el grado de medico/cirujano dado que en los grados quinto y sexto atendíamos la catedra de técnica quirúrgica desaparecida hace muchos años de los programas de estudio de la medicina.
En reparación a la injusticia cometida por tantos años, el presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley 1917 de 2018 de Residencias Médicas por la cual los profesionales médicos recibirán una remuneración equivalente a tres salarios mínimos, mientras realizan sus programas de especialización médico/quirúrgicas en hospitales y clínicas. Según la ley, no solo se debe reconocer al residente como un médico que tiene toda la capacidad para ejercer su profesión mientras complementa su formación, sino que se debe reconocer como un trabajador con todos sus derechos.
Uno de los mayores cuestionamientos que tenía la ley era de dónde se iban a sacar los recursos para los pagos, frente a esto el Ministerio de Hacienda informó que saldrán en primera medida del presupuesto General de la Nación, de los aportes al régimen contributivo y de los fondos de cajas de compensación.
Como era de esperarse, el director de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), Jaime Arias, paradójicamente médico, se expresó contra el proyecto. porque perjudica a las EPS.
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