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La violencia escolar puede comenzar con la agresión física entre estudiantes: patadas, zancadillas, empujones, golpes, cachetadas o, a través de agresiones psicológicas y verbales, entre ellas con groserías, malas palabras, apodos, gritos e insultos.
Se calcula que en Colombia, un 32 % de los estudiantes son víctimas de bullying o acoso que afecta las buenas relaciones entre estudiantes por diferentes motivos.
Son hechos que pueden ser analizados bajo el concepto genérico de violencia o conflicto escolar, que amerita sanciones, según el Manual de Convivencia de cada plantel educativo.
Pero los comportamientos de los estudiantes pueden ir desde las infracciones disciplinarias a las infracciones penales, cuando llegan a la adolescencia y a la juventud, de la comisión de “faltas disciplinarias” establecidas en los Manuales de Convivencia, hasta conductas más graves, que se tipifican como delitos y están contempladas en el Código Penal.
Adolescentes entre 14 y 18 años de edad, pueden ser actores en delitos como el tráfico, porte o uso de estupefacientes; hurto, violencia intrafamiliar, homicidio, lesiones personales, porte o tenencia de armas de fuego, entre otros.
Son jóvenes o menores de edad que pueden llegar a ser privados de la libertad, previo proceso establecido en el Código Penal con base en el Código de la Infancia y Adolescencia y la intervención de las autoridades judiciales.
Para ellos, el proceso comienza con la verificación de los hechos delictivos y puede terminar con una decisión en la cual se le priva de la libertad de cuatro meses a ocho años, según la gravedad del delito.
Estos jóvenes, tienen el derecho a la educación, tal como se establece en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes que le garantiza la prestación del servicio educativo, según el decreto 2383 de 2015 y otras normas.
Adolescentes en Centros especializados
Los datos sobre delitos cometidos por adolescentes en Colombia, da una idea sobre la dimensión del problema. La Defensoría del Pueblo divulgó la cifra de 7.700 adolescentes que han cometido delitos en lo transcurrido del año 2023.
No se dispone de los datos correspondientes a Ibagué, sólo están las de los adolescentes que asisten a los Centros de Atención Especializados, que conforman el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, SRPA, que opera en la Institución Educativa Externado, Restrepo y el Programa de Protección, con docentes que aporta la Institución Educativa Maximiliano Neira Lamus, con 72 adolescentes, menores de edad.
Ya dejó de funcionar la “correccional”, el politécnico Luis A. Rengifo, centro de reclusión de adolescentes que operaba cerca a la Institución Educativa Leonidas Rubio Villegas.
El Luis A. Rengifo era mirado por la ciudadanía como un lugar de prisión para menores y jóvenes; conflictos creados al interior de esta institución hacían visible la situación inadecuada y de afectación de los derechos humanos para personas recluidas en este lugar.
El medio de comunicación El Cronista, en su edición del 27 de marzo de 2021, con la autoría de Juan Pablo Corredor, registra testimonios sobre la situación que vivían en esta institución: “Eso es duro allá, ese es un castigo muy áspero. Uno llega pensando que eso es suave, pero no, eso es una cárcel”.
Ya están en marcha adecuaciones en las infraestructura física del Luis A. Rengifo, dirigidas a cambiar esta situación y, los adolescentes y jóvenes recluidos en este lugar, han sido trasladados al CAE San José del barrio Restrepo.
Finalidad pedagógica
Son suficientes las normas protectoras del derecho a la educación de los adolescentes que cometen delitos que pueden implicar privación de su libertad. La más importante es el Código de la Infancia y la Adolescencia (ley 1098 de 2006) y el decreto 2383 de 2015, que crean el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, SRPA, que garantiza el derecho a la educación y obliga a un proceso penal más benigno que el aplicable a los adultos.
El proceso penal aplicable es el de justicia restaurativa, que obliga al desarrollo de un proceso penal con finalidad pedagógica y el cumplimiento de obligaciones estatales en cuanto al derecho a la educación.
Son cuatro los núcleos esenciales del derecho a la educación. El derecho al acceso que se debe cumplir en instituciones educativas estatales, entre ellas, en Ibagué, el Externado, Restrepo, el programa de protección del ICBF, anexos a la I.E. Maximiliano Neira Lamus.
La Alcaldía, a través de la Secretaría de Educación municipal tiene la obligación de garantizar la accesibilidad al sistema escolar de estos adolescentes: “Debe ofrecer la oportunidad de acceso al sistema educativo, independientemente del tipo de sanción o medida que fuere impuesta y de su duración”, dice el decreto 2383 de 2015.
Este decreto obliga a que el Estado haga aceptable el servicio educativo, al garantizar el derecho a una educación de calidad: “La educación brindada proporcionará las herramientas conceptuales y prácticas para facilitar la reorientación de sus proyectos de vida, con la debida cualificación y formación de los docentes y la disposición de recursos didácticos, modelos educativos y estrategias pedagógicas pertinentes”.
Se debe garantizar el derecho a la permanencia de los estudiantes con antecedentes penales, garantizar que avancen hacia niveles educativos y corresponde a la Alcaldía lograr la adaptabilidad curricular para garantizar esta permanencia en el sistema escolar: “Debe contener estrategias de carácter pedagógico, metodológico y administrativo para garantizar que la población del SRPA permanezca y continúe en el sistema educativo hasta culminar la educación media, sin distinción del tipo de medida o sanción impuesta”.
Características básicas de adolescentes en el SRPA
¿Cuáles son las características de los jóvenes que han infringido la ley penal y son beneficiarios del servicio educativo en los Centros de Atención Especial de Ibagué?
La Secretaría de Educación de Ibagué, a cargo de Juan Manual Rodríguez en convenio con la Universidad del Tolima, con el apoyo de una decena de profesionales de ambas instituciones, entre ellos Olga Lilia Caicedo de la Secretaría de Educación y Robinson Ruiz Lozano, Gladys Meza Quintero y Lourdes Regina Díaz, Investigadores del Grupo GES de la Universidad del Tolima, realizaron un estudio sobre caracterización psicosocial de los jóvenes y adolescentes que se encuentran en el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente SRPA en Ibagué.
En un documento de 168 páginas se registra e interpretan datos sobre una muestra de 23 adolescentes y jóvenes infractores de la ley penal, privados de la libertad, algunos de ellos, que cursan estudios en los Centros de Atención Especial, adscritos a la Institución Educativa Maximiliano Neira Lamus, la mayoría de ellos.
Los datos recolectados entre el año 2021 y 2022, permiten establecer las características socioeconómicas y psicosociales de adolescentes y jóvenes que han cometidos diferentes delitos y están o han estado privados de la libertad, para cumplir sentencias de autoridades judiciales.
Los adolescentes y jóvenes objeto de estudio, son todos hombres, en un 82 % provenientes de familias de estratos socioeconómicos Uno y Dos, de familias en situación de pobreza, en un 57 % desempleadas, y un 48 % llega a ingresos mensuales por debajo del salario mínimo legal.
“La mayor proporción, el 48 % de la población encuestada afirma que el promedio de ingresos mensuales del hogar es de hasta 1 SMMLV, seguido por un 30 % que afirma que el promedio de ingresos mensuales del hogar es de 1 a 2 SMMLV.
Las proporciones más bajas se encuentran en el 13 % con un promedio de ingresos mensuales del hogar de más de 3 SMMLV”, dice el informe de la investigación.
Desde la dimensión psicosocial es posible encontrar indicios sobre algunas de las características de las familias y de antecedentes de estos adolescentes.
Una cuarta parte son hijos de madres solteras que llevan todo el peso del mantenimiento del hogar y de sus hijos y en un 8 % con padres separados.
“De la mayoría de los participantes, el 25 % dice pertenecer a la familia de madre soltera (la madre y sus hijos), seguido por el 21 % que señala pertenecer a una familia extensa (padre, madre y otros familiares); un 17 % afirma pertenecer a familia monoparental (presencia de uno de los padres y sus hijos) y en igual proporción (17 %), indica pertenecer a una familia nuclear (con padre y madre que conviven juntos)”.
Un 28 % de los encuestados manifiesta que por lo menos un miembro de la familia ha sido privado de la libertad por la comisión de delitos penales desde aquellos de poca monta como graves, según la tipificación que hace el Código Penal.
“Antecedentes familiares como la privación de la libertad de un miembro de su familia (28 %), es un dato significativo en la conducta delictiva de los participantes, quienes repiten pautas de comportamiento y también se encuentran en igualdad de condiciones de privación de la libertad de uno de sus familiares.
Antecedentes familiares de tipo socioeconómico como la pobreza y el desempleo que suman el 31 %, reflejan un contexto vulnerable a nivel familiar que finalmente también se constituyen en factores de riesgo”.
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