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Esta solicitud había sido hecha por la abogada defensora, Ana Julieth Velásquez, argumentando irregularidades en la imputación de cargos. “Es posible que la Fiscalía haya señalado hechos abstractos, indicadores y medios de pruebas calificándolos como hechos jurídicamente relevantes”.
En este sentido, la abogada, con base en un informe realizado de un perito forense, argumentó, por ejemplo, el hallazgo de un perfil genético desconocido que no coincidiría con el de ninguno de los hermanos Leal ni de la madre de ambos. Esto, según ella, abre la puerta a la presencia de una tercera persona.
La abogada también argumentó que no se evaluó la posibilidad de que la seguridad del condominio fallara o que una persona que viviera allí pudiera ingresar y cometer el crimen.
Sin embargo, para la Juez los argumentos de la defensora carecen de capacidad demostrativa para hacer un juicio de valor diferente al que la Fiscalía realizó, por lo que negó la solicitud.
Además la Juez reiteró que Yhonier Leal debe seguir en prisión porque representa un peligro para la víctima y un peligro de no comparecencia.
Por último, la Juez regañó a la defensora porque hizo aplazar en dos ocasiones la diligencia alegando más tiempo para recolectar pruebas, pero el informe que presentó fue realizado antes de estas fechas.
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