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Con la firma de la Resolución 2811 la cartera de Salud exige a las EPS y las EPSI, para que caractericen y garanticen la prestación de servicios y tecnologías de salud al pueblo Wayúu.
Lo anterior supondrá que las EPS y las EPSI tendrán el insumo necesario para la planeación de la gestión de las atenciones en salud que atiendan al pueblo Wayúu.
“En este sentido, no será necesario autorizar previamente las atenciones a madres gestantes, a niñas y a niños menores de 5 años en estado de desnutrición, las urgencias ni los servicios y tecnologías en salud posteriores a la atención en urgencias sin egreso hospitalario”, expresó el Ministerio.
La Resolución se da también para el cumplimiento de una sentencia de la Corte que ordena a diversas entidades dar cumplimiento a los derechos fundamentales a la salud, al agua potable, a la alimentación y a la seguridad alimentaria de los niños y niñas del pueblo Wayúu, en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.
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