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La sentencia
La Personería Municipal de Ibagué dio a conocer que mediante sentencia del 30 de noviembre de 2023, el Juzgado Once Administrativo Oral del Circuito, resolvió una acción popular a favor del ente de control, ordenando al Departamento del Tolima, amparar los derechos colectivos relacionados con el goce del espacio público, la utilización y la defensa de los bienes de uso público, vulnerados en la vía que conduce al cañón del Combeima.
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De acuerdo con la sentencia del despacho judicial: "El perfil vial que atraviesa los centros poblados no cuenta con condiciones adecuadas o de seguridad para garantizar la libre circulación de peatones, lo que conlleva a que los habitantes no puedan circular dentro de sus localidades. Además, los pocos andenes del sector se encuentran deteriorados o no cumplen con las medidas técnicas que garanticen su pleno uso y goce".
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Así las cosas, el Juzgado decidió: "Ordenar al departamento del Tolima que, dentro de los seis meses siguientes a la ejecutoria de esta providencia, realice un estudio técnico integral donde establezca la mejor alternativa para la construcción de andenes y/o espacios de circulación peatonal que garanticen la seguridad de los peatones que se movilizan en el tramo vial entre La Vega - Chapetón - Puerto Leticia - Berlín, Tres Esquinas - Llanitos - Bella Isla - La María - Puerto Perú - Pastales - Pico de Oro - Villa Restrepo, hasta Juntas en el municipio de Ibagué".
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La Gobernación del Tolima, deberá contratar y adelantar las obras requeridas, para lo cual contará con un plazo máximo de tres años, contados a partir de la finalización del estudio técnico; ese plazo incluye las gestiones de carácter administrativo, financiero, presupuestal la etapa de ejecución y entrega de las obras.
Teniendo en cuenta que en algunos tramos no será posible la construcción de andenes, el juzgado ordenó adoptar las medidas que garanticen la seguridad de los peatones: "En el estudio deberán tomarse en consideración las barreras físicas que se presentan a los costados de la vía, determinado para los puntos en que sea imposible la construcción de andenes y/o espacios de circulación peatonal, la mejor alternativa que garantice la seguridad de los peatones".
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El despacho judicial también determinó que se debe integrar un comité de verificación del cumplimiento de esta sentencia, conformado por la Personería de Ibagué, un Delegado del Departamento del Tolima y el titular del Juzgado.
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