¿Independencia de poderes?

Alfonso Gómez Méndez

Más de doscientos años después de su promulgación, sigue siendo espina dorsal del Estado de Derecho la fórmula del artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos durante la revolución francesa, conforme a la cual una sociedad donde no estén garantizados los derechos fundamentales y la separación de poderes, carece de Constitución.
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En el terreno formal, en todas nuestras Constituciones se consagra la división tripartita de las ramas del poder público. Aún hoy, por los vasos comunicantes que se han creado entre las distintas ramas, no hemos logrado la separación real entre Ejecutivo y Congreso e incluso entre estos poderes y la rama judicial. 

Para tratar de conseguir esa separación se prohibió al Presidente nombrar en determinados cargos públicos a los parlamentarios sobre el supuesto de que con halagos burocráticos podían comprometer su necesaria independencia. 

Curiosamente, en el siglo XIX y en la Constitución de 1886, se establecía que el Jefe del Estado no podía nombrar a los miembros del Congreso en “cargos menores”, sino en los de ministro, gobernador (cuando los designaba) o jefe de misión diplomática. Allí ya subyacía la idea de que en cargos de menor rango era cuando más podía comprometerse la independencia sin que el parlamentario respondiera políticamente. 

Esa posibilidad de nombrar ministros a los parlamentarios –sin tener que renunciar– se prestó para ‘puertas giratorias’, ya que el congresista podía aceptar un ministerio, ejercerlo y después volver al Congreso, o peor aún, irse al gabinete y dejar a su suplente –figura entonces existente– como su remplazo en el Parlamento. Esa fue la razón para que en la Constitución del 91 se prohibiera al Jefe de Estado nombrar ministros en el gabinete o en la diplomacia. Y es esa una de las normas que se quiere derogar en la reforma política presentada por el actual Gobierno y que tiene defensores y detractores. 

Si en verdad lo que se busca es que no haya interferencia del Ejecutivo, vía clientelismo o mermelada como hoy suele decirse, habría que profundizar un poco más sobre si esa en realidad es la forma mejor de garantizar la independencia de poderes. Además, resalta como verdad incontrastable que durante la vigencia de la Constitución del 91 no hemos visto esa “puerta giratoria” ni a los parlamentarios en el Gobierno. 

La pregunta es si en esos treinta años –y frente a todos los gobiernos– hemos tenido, o no, un Parlamento independiente. Probablemente la respuesta sea NO: los Presidentes sí han nombrado primos y parientes, esposas y esposos, compañeras o compañeros permanentes y tenientes políticos de los parlamentarios, a los cuales compromete mucho más. 

Los Presidentes les han dado ‘cupos indicativos’ manejados por los ministros de Hacienda, que son sumas asignadas a los congresistas para ‘obras’ en sus regiones y que casi siempre llevan contratista incluido. El caso del senador Castaño es una prueba al canto. Y por estas y otras vías, casi sin excepción, todos los Gobiernos han contado con ‘aplanadoras’ en el Congreso. Y no los nombran ministros, pero sí les asignan cuotas en entidades del Estado, muchas de ellas con más recursos que los de un ministerio, y en las que ponen a sus amigos. 

Recomiendo la columna del domingo anterior en este diario del exvicepresidente Germán Vargas, donde bajo el título de ‘Grotesco’ sugiere lo que está pasando con la discusión de la reforma tributaria. De ahí han surgido escándalos con procesos penales incluidos. 

Fue muy diciente que cuando en 2004 se discutía la Reforma Constitucional, que sustituía, esa sí, la Carta del 91, para permitir la reelección inmediata del Presidente en ejercicio, más de sesenta parlamentarios se declararan “impedidos” (aun cuando se ingeniaron una fórmula para negarse entre ellos mismos los impedimentos y poder votar) porque tenían parientes nombrados por el Gobierno. 

Igual puede decirse de la razón por la cual no ha prosperado la extraña ‘moción de censura’, que termina atornillando ministros por la vía del clientelismo parlamentario. O sea, como diría el viejo López, “por ahí no es la cosa”. 

En otra columna plantearé los que considero caminos efectivos si en verdad queremos el cambio.

Alfonso Gómez Méndez

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