Los usos en propiedad horizontal

Columnista Invitado

Veamos algunos de los incumplimientos más comunes que encontramos en muchos edificios o conjuntos.
PUBLICIDAD

Todos los que vivimos en propiedad horizontal tenemos la obligación de respetar los usos del suelo y las fachadas otorgadas por la licencia urbanística. Veamos algunos de los incumplimientos más comunes que encontramos en muchos edificios o conjuntos:

1. Utilizar los parqueaderos destinados para visitantes para el uso de quienes residen en las unidades privadas de la copropiedad.

2. Realizar arriendos inferiores a un mes, sin que exista autorización en el reglamento de propiedad horizontal para arrendamientos turísticos. Para estos casos, es obligación del administrador denunciarlo para evitar ser sancionados por la SIC hasta por tres (3) salarios mínimos legales mensuales.

3. Dar un uso a las unidades privadas distinto al autorizado en la licencia.

4. Realizar construcciones diferentes a las autorizadas en la licencia, muchas veces aumentando el índice de construcción.

5. Utilización de las áreas comunes no esenciales tales como piscinas, salones sociales, parqueaderos, contrariando lo establecido en los reglamentos de propiedad horizontal.

6. Crear alteración de las fachadas internas o externas de la copropiedad. Al ser estos bienes comunes esenciales, cualquier cambio debe realizarse con autorización de la asamblea general de copropietarios

7. Invasión de las áreas de circulación con materas, bicicletas o bolsas de basura, obstruyendo la circulación en caso de un siniestro.

8. Utilización sin autorización de la asamblea o los reglamentos, de los servicios públicos domiciliarios destinados para las áreas comunes; especialmente los servicios de agua y luz.

9. Utilizar los bienes privados para usos contrarios a la ley; como trata de menores o comisiones de un delito. Los órganos de administración apenas conozcan de dichos comportamientos están en la obligación de interponer las respectivas querellas. 10. Realizar actos y usos que lleven a la violación de la ley, los reglamentos y las buenas costumbres.

Cuando se habita en propiedad horizontal es necesario entender que los derechos de nuestras unidades privadas se encuentran condicionados a la ley y a los derechos de todos los copropietarios del Edificio o Conjunto. Por lo que al violar los usos de los bienes, no se desfavorecen los derechos del incumplido, sino de todo un colectivo que van a ver desvalorizado su inmueble por la falta de uniformidad de criterio y de cumplimiento normativo.

Es triste ver que si un residente o propietario, no acepta dichos requerimientos y sigue afectando ese derecho colectivo, el único camino es la imposición de sanciones como lo establece la ley y los reglamentos; y si prosigue en su alteración, los procesos verbales sumarios; porque para la ley ha sido muy importante que los derechos de un propietario, no estén por encima de los de toda una comunidad.

 

Ramiro Serrano

Comentarios