Doce artículos del Plan Nacional de Desarrollo proponen cambios en el sistema escolar

Crédito: Archivo / El Nuevo Día.Un análisis sobre el Plan Nacional de Desarrollo del actual gobierno.
Se pone freno a la cobertura de los tres grados de preescolar en zonas rurales, cambios en las pruebas Saber del Icfes, reformas curriculares en educación básica y media, y a la ley 30 de 1992.
PUBLICIDAD

Ya está aprobado el Plan Nacional de Desarrollo y en él se incluyen 12 artículos que proponen cambios en el sistema escolar en el cuatrienio 2022-2026. Un plan que servirá de referencia para la formulación de los Planes Operativos Anuales de Inversión y los presupuestos. En el fondo, es la nación la que responde con las inversiones básicas para la prestación del servicio en las entidades territoriales certificadas.

La ministra de Educación, Aurora Vergara Figueroa con su equipo directivo, ha presentado las siete líneas estratégicas del Plan Nacional en materia educativa y el monto del presupuesto nacional para el 2023, que se incrementó en 1,3 billones de pesos.

La designación de dos ministros en el tiempo que lleva el gobierno del presidente Petro, crea una relativa incertidumbre sobre el paradigma y programas que se ejecutarán, dirigidas a responder por los cambios y transformaciones que se esperan en el sistema escolar colombiano.

Con el entonces ministro Alejandro Gaviria se dijo que este 2023 sería el “año de las transformaciones para educación de calidad”.

En el mundo escolar estamos acostumbrados a buenas intenciones y propuestas que generalmente cambian en cada cuatrienio, según las ideas y propósitos que sobre la educación ha tenido cada mandatario nacional. Se han producido varios documentos en los cuales se dan lineamientos sobre lo deseable en educación. Tres planes decenales de educación, lo dicho en dos misiones de sabios.

¿En este gobierno que tiene como lema “el cambio”, qué pasará en la educación? Porque en los debates políticos en el Senado y la Cámara de Representantes, la educación no ha suscitado mayor atención. ¿Acaso permanece el poco interés por el tema?

En cuanto a reformas en la educación, se plantea la reforma de la ley 30 de 1992 y no menciona la reforma del Sistema General de Participaciones (SGP), que regula la financiación del sistema escolar estatal en el resto de niveles educativos.

“En el Gobierno del cambio trabajamos para que la educación de calidad y pertinencia territorial sea la fuerza transformadora para superar la desigualdad”, dice la ministra al presentar las siete líneas estratégicas para el avance de lo aprobado en el Plan Nacional de Desarrollo en cuanto a educación.

 

La educación superior, como foco de mayor atención

Los discursos del presidente Petro y de los directivos nacionales de la educación, casi siempre han hecho énfasis en la intervención prioritaria sobre la educación superior.

En el artículo 121 del Plan se aprobó, “la reforma participativa del sistema de educación superior”, a través de la reforma de la ley 30 de 1992, que regula el sistema de financiación de este nivel educativo, con transferencias que se hacen a las instituciones de educación superior estatales, según las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El déficit financiero de la Educación Superior estatal se calculaba en 15 billones de pesos hacia el año 2021 y sigue creciendo.

Se ha caído en déficit financiero agravado con la gratuidad educativa establecida en el gobierno de Iván Duque desde el año 2021.

Por ahora, el plan determina que el Estado debe garantizar la educación superior como un derecho, que el Ministerio de Educación deberá priorizar la actualización de los artículos 86 y 87 de la ley 30 y en el artículo 122 del Plan. Se dice que el acceso a la educación superior será gratuito para todos los estudiantes de pregrado en las instituciones estatales, “bajo criterios de vulnerabilidad socioeconómica, de equidad territorial y poblacional”.

La gratuidad en el acceso “se podrá focalizar por consideraciones étnicas, incluyendo criterios de priorización por género, regionales, entre otros”, y se garantiza la continuidad de la ‘Matrícula cero’ para quienes ya tienen este beneficio.

La línea estratégica número Cinco del Ministerio de Educación se refiere a este tema, así: “gratuidad de la matrícula en la educación superior pública, con calidad, equidad y pertinencia territorial avanzando gradualmente hacia la universalización”.

Además, se compromete a cumplir la meta de 500.000 nuevos estudiantes; “la transformación del sistema de aseguramiento de la calidad para mejorar la gestión en términos de otorgamiento de los registros calificados, la acreditación en alta calidad y el proceso de convalidación de títulos”. Con el Ministerio de Igualdad y Equidad, se incrementará la atención a personas con discapacidad.

Es positivo que se preste atención a la educación superior porque se trata de un nivel educativo con baja cobertura, expresada en una tasa bruta del 53,94 % en el año 2021. Los planteles educativos oficiales que ofrecen educación superior son 84, sobre un total de 298 si se incluyen los privados, lo cual es una situación crítica en cuanto a cobertura y brechas.

La tasa de cobertura bruta en el Tolima en el 2022 fue del 41,4 %, 10 puntos porcentuales menos que la tasa nacional.

 

La educación preescolar en el Plan de Desarrollo

El artículo 132 del Plan, crea inmensas preocupaciones y discrepancias en cuanto a cobertura de la educación preescolar en sus tres grados como lo establece la ley 115 de 1994. Porque al hacer una interpretación de este artículo, realmente crea un freno a la cobertura de dos de los tres grados de preescolar, el prejardín para niños de 3 años de edad y el jardín para los de 4 años. Niños de estas edades en las zonas rurales serán los más afectados, si nos atenemos a la interpretación provisional que haga de este artículo 132, lesivo.

Cómo interpretar este texto del artículo que dice: “adiciónese un parágrafo al artículo 18 de la ley 115 de 1994, así: artículo 18. Ampliación de la atención (…) parágrafo. Lo dispuesto en el presente artículo no se aplicará para las zonas rurales en las cuales las Entidades Territoriales Certificadas (ETC), en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional y con sujeción a la disponibilidad de recursos, definan que es necesario ampliar la cobertura en los grados de jardín y prejardín”.

Da para múltiples interpretaciones, al invocar esta reforma de la ley 115, en su artículo 18 que establecía los requisitos para que el Estado ampliara la atención de la oferta de los grados de prejardín y jardín, que debe ser gradual, cuando el grado obligatorio o de transición del preescolar llegue a ser del 80 % de la educación básica, para la población de 6 a 15 años de edad.

En la actualidad el gobierno no transfiere recursos financieros para atender los grados de prejardín y jardín de preescolar para completar los tres grados de este nivel y es por ello que estos grados son ofrecidos por planteles educativos urbanos y privados. Se podría decir que tales grados deben ser cubiertos por el Instituto de Bienestar Familiar en Hogares Infantiles comunitarios.

Se ha recurrido a diferentes nombres y conceptos al hacer referencia a la educación preescolar: educación inicial o educación a primera infancia, que sirve para disfrazar responsabilidades estatales sobre la educación preescolar.

“Aumento de la cobertura de la educación inicial, en el marco de la atención integral a la primera infancia”, es el eje estratégico del Ministerio para el desarrollo del Plan. y se establece una meta : “pasaremos de 1,9 millones de niñas y niños de 0 a 5 años atendidos con educación inicial en el marco de la atención integral a 2,7 millones, en articulación con el Sistema Nacional del Cuidado”, dijo la ministra.

Otra discrepancia. ¿Acaso se asumirán responsabilidades dadas legalmente al Icbf?

 

Cambios curriculares

El Plan incorpora decisiones que implican cambios o ajustes curriculares. En el artículo 119 obliga a promover las cátedras obligatorias en historia, geografía, educación física, en educación en artes y programación.

Se debe decir que son asignaturas que ya han sido establecidas y van más de una decena. Son importantes, desde luego, pero es bueno saber que existe la tendencia universal de disminuir el número de áreas y asignaturas a enseñar. En Japón, por ejemplo, se ha puesto en marcha un nuevo sistema educativo llamado ‘Cambio valiente’ de cinco materias: aritmética de negocios, lectura, civismo, computación e idiomas.

Interesante la inclusión de artículo 130, del programa de voluntariado para la reducción de rezagos y brechas de aprendizajes, para la realización de prácticas y pasantías de estudiantes de las Licenciaturas en Educación u otros programas de pregrado, de los normalistas, que autónomamente deseen participar en este voluntariado dirigido a “garantizar la reducción de rezagos y brechas de aprendizajes de niñas, niños y adolescentes del país. Los estudiantes de pregrados diferentes a las licenciaturas podrán vincularse a este programa de voluntariado, con el fin de aportar en diferentes acciones de fortalecimiento del sistema educativo tales como apoyo administrativo, financiero, campañas de salud mental, entre otros aspectos relevantes”.

Algo similar al Servicio Social del Estudiantado, que los estudiantes de los grados 11 de bachillerato deben cumplir como requisito de grado.

¿Qué pasó con la propuesta de “implementación de la educación híbrida en la educación básica y media”, dirigida a combinar educación presencial con educación virtual? ¿Qué pasó con la propuesta de educación pertinente incluida en la primera versión del Plan?

 

POR LUIS EDUARDO CHAMORRO RODRÍGUEZ

LUISEDUARDOCHAMORRO10@GMAIL.COM

ESPECIAL PARA EL NUEVO DÍA

Credito
El Nuevo Día.

Comentarios