Sancionan al H. San Francisco

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
Los recursos de la sanción deberán ser consignados al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, según señala la resolución del Ministerio de Trabajo.

El Ministerio del Trabajo ratificó en segunda instancia la sanción por 56 millones de pesos contra el hospital San Francisco por celebrar y ejecutar de manera irregular contratos de prestación de servicios en el 2012.

Sin embargo, Anthoc (Asociación nacional sindical de trabajadores y servidores públicos de la salud), informó que tramitará una acción de repetición para que dichos recursos los pague Fanny Gómez, actual gerente de la institución.

Esto porque consideran que “con esta sanción se perjudican las finanzas del centro asistencial y va en detrimento de la entidad”, dijo Víctor Hugo Pérez, directivo del mencionado sindicato.

El proceso

El 11 de diciembre de 2012, la Gerente del San Francisco interpuso un recurso de reposición en contra de la resolución 568 del 23 de noviembre del mismo año.

Y en ese momento se alegó que “la investigación laboral administrativa se adelantó con base en la queja que hiciera Anthoc, que denuncia la sistemática violación al artículo 63 de la Ley 1429 de 2012, 103 de la Ley 1438 de 2011 y los precedentes jurisprudenciales de la Corte Constitucional que prohíben la tercerización laboral en actividades misionales y permanentes. 
“(....) se sanciona al hospital por la elaboración de contratos de prestación de servicios y no precisamente por la tercerización laboral”.

Y agregó: “No existen los medios probatorios suficientes para endilgar la comisión de una conducta sancionatoria, solo el análisis de unos contratos de prestación se servicios”.

No obstante, el Ministerio respondió que la ley y la jurisprudencia prohíbe “tajantemente”, a las entidades públicas y a las empresas sociales del Estado vincular personal bajo la figura de los contratos de prestación de servicios, para que desempeñen actividades misionales permanentes.

“No le encuentra la razón esta Dirección Territorial a los argumentos propuestos en el escrito de reposición y subsidio de apelación, en el sentido de atacar la resolución sancionadora manifestando que solo bastó para el coordinador del Grupo de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control, los contratos de prestación de servicios.

“Y no le encuentra la razón toda vez que la prueba idónea conducente para demostrar la vinculación del personal a una entidad sea pública o privada a través de contratos de prestación de servicios, es precisamente los contratos suscritos entre el contratante y el contratista”, concluye el escrito.

Entre tanto, EL NUEVO DÍA intentó dialogar con la gerente del centro asistencial para conocer si en efecto esta sanción pone en riesgo las finanzas del hospital, pero fue imposible la comunicación. 

Credito
ANA LUCÍA RIVERA Q. REDACCIÓN EL NUEVO DÍA

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