Libre de toda responsabilidad resultó Jorge Enrique Gómez MejÃa, gerente en el año 2000 de Interaseo del Sur, involucrado en el proceso abierto por las pólizas falsas que dieron vida al cuestionado contrato 042 de operación de basuras, firmado con la extinta Empresas de Servicios Públicos de Ibagué, Espi.
El fallo, que absuelve también a la gerenta de la Espi, Argenis Hernández, lo emitió el pasado 15 de septiembre la jueza Séptima Penal, Diana Magally Kandia Troncoso.
La togada no le dio credibilidad a los alegatos de la FiscalÃa; particularmente, los que se basaban en la declaración de Eduardo Camayo Barrero, agente de seguros quien tramitó las pólizas para Interaseo del sur.
Este se acogió a sentencia anticipada en 2002, aceptando el cargo de falsedad en documento Privado, entregando declaraciones que comprometÃan a Gómez MejÃa y a Argenis Hernández. Para la FiscalÃa demostraban que estos sà tenÃan conocimiento de la irregularidad.
El ente acusador, con base en la narración de Camayo, señaló en el pliego de cargos que los dos se pusieron de acuerdo para la “consecución de las pólizas falsas por intermedio de Eduardo Camayo Barreroâ€.
La FiscalÃa le habÃa dado crédito a un informe del CTI, determinando que la maniobra se dio porque las garantÃas eran de difÃcil consecución y necesitaban estar respaldadas con un reaseguramiento, no siendo viable que las mismas tuvieran un costo de 90 millones de pesos.
Otros hechos
Si bien la FiscalÃa parte de la declaración de Camayo, reiterando que “no incurrió en contradicciones en sus diferentes indagatoriasâ€, habÃa aportado más hechos para demostrar la responsabilidad de los otros involucrados, pero que al final también fueron desestimados por la Jueza.
Por ejemplo, que las pólizas fueron “recibidas el 23 de septiembre de 2000†pero las radicaron “como si hubiera sido el 20 de septiembre de 2000.
Reseña que una funcionaria de la Espi, Sandra Salas, aceptó que “enmendó†los libros, además de que declararon que registraba la documentación recibida y las pólizas no fueron acompañadas de ningún oficio.
Asà mismo, trae un aparte del proceso de segunda instancia, que descarta que Interaseo hubiera elevado una denuncia contra Eduardo Camayo y “menos que se hubiera referido al delito de estafaâ€.
“Desde la primera indagatoria, Eduardo Camayo siempre ha aceptado haber obtenido un provecho ilÃcito, pero nunca ha aceptado haber inducido en error a Interaseo del Sur.
“Contrario a ello, siempre reiteró el conocimiento que Jorge Gómez MejÃa tenÃa sobre la negativa de varias compañÃas a expedir pólizas, al alto costo de las mismas al tener una cobertura de ocho años y la imposibilidad de expedirlas si no se cambiaba el término de duración del contratoâ€, aparece en la providencia.
Otro de los aspectos reseñados por la FiscalÃa en el tema es que “Interaseo del Sur no contaba con la capacidad económica requerida al momento de firmar el contrato en cuestiónâ€.
Información sin confirmar apunta a que la FiscalÃa apeló la decisión de la Diana Magally Kandia, pero un error en el trámite de la impugnación tendrÃa a punto de hacer quedar en firme el fallo.
RECUERDE
La jueza Séptima Penal es la ex secretaria de Tránsito de Ibagué, Diana Magally Kandia Troncoso, y a su despacho han llegado polémicos procesos siendo uno de los más sonados en el que absolvió al ex alcalde de Ibagué, Jorge Tulio RodrÃguez DÃaz, en el juicio que se la abriera por presuntas irregularidades en la contratación de fumigaciones.
Desestima testimonio
La jueza Diana Magally Kandia Troncoso le dio crédito total a los argumentos de los abogados defensores de los acusados y no le dio validez a las declaraciones de Eduardo Camayo, expresando que “ha mentido†en la mayorÃa, si no en la totalidad, de sus manifestaciones.
“Una vez revisadas tales intervenciones, contrastando como se debe lo que dijo Eduardo Camayo cada vez, y confrontándolo con la restante evidencia, encuentra esta operadora judicial garrafales y trascendentales contradicciones que imposibilitan tal como lo sostienen los defensores de los procesados, otorgar credibilidad al dicho del mencionadoâ€, afirmó Kandia en la providencia.
La togada entonces comienza a aparear algunas de las declaraciones de Camayo, con las pruebas aportadas por la defensa de los acusados. “De ahà que no resulten válidas las insulares estimaciones que de la prueba hizo el ente acusador, dado que se podrÃa llegar a conclusiones que no consultan con la justicia y la efectividad del derecho materialâ€, afirma.
Reitera que no está probado que no concuerden las fechas de las pólizas con la realidad. “Permanece incólume la fecha contenida en ellas, esto es 20 de septiembre de ese año como en la que tuvo lugar su expedición, presentación ante la Espi y aprobación por parte de esa entidad, con lo que ni se adulteró documento alguno para hacer creer que se entregaron ese 20 de septiembre de 2000, dado que realmente asà fue. Ni se celebró contrato sin el cumplimiento de requisito de las garantÃas, pues tanto contratante como contratista, convencidos estaban del cumplimiento de tal exigencia, dado que no conocÃan, se insiste, de su falsedadâ€, expresó la Jueza.
La defensa del Gerente
La defensa de Jorge Enrique Gómez basó su alegato, en que él fue vÃctima de la conducta de Eduardo Camayo, ademà s que actuó bajo el principio de confianza y que, una evidencia de la “forma correcta de su actuarâ€, fue la condena al banco BBVA por permitir el canje de los cheques girados para el pago de las pólizas por parte de Camayo y que eso también descartaba que se pagara con estos “un ofrecimiento delictivoâ€. “La capacidad económica de Interaseo no fue objeto de investigación en el proceso, ni le fueron imputados cargos al procesado por este hecho, por lo que pretender demostrar un favorecimiento contractual no pasa de ser una conjeturaâ€, afirmó la defensa. Agrega que la falta de otorgamiento de una póliza o garantÃa de cumplimiento exigida en el contrato, “no afectaba la validez o existencia del mismo†y en caso de no haberse conseguido, dice, el acto contractual “serÃa siendo legal†pero tendrÃa que haberse constituido otro tipo de garantÃa.
Lista
La firma del contrato 042 pese a las anomalÃas por las pólizas falsas no es el único hecho cuestionado de la operación de Interaseo en la ciudad y la siguiente es una lista de algunos:
1 El relleno La Miel: Interaseo S.A entró a operar el relleno sanitario La Miel de manera irregular en un predio que le entregó el Municipio durante la alcaldÃa de Jorge Tulio RodrÃguez DÃaz, pese a que quien debÃa legalmente crear un sitio de disposición final de residuos sólidos era otra empresa, Interaseo del Sur, en la que tiene participación Interaseo S.A. La firma no ha devuelto el predio a Ibagué, y mantiene su dominio bajo un contrato de arrendamiento. La AlcaldÃa de Jesús marÃa Botero no ha tomado ninguna acción para recuperar el bien, que estaba destinado para la reubicación de familias desterradas. En caso que el Gobierno local decidiera enfrentarse de nuevo a Interaseo, tendrÃa como primera instancia un tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio
2 “Ibagué Limpiaâ€: Al finalizar el contrato anterior de operación de basuras, 042, entre 2008 y 2009, la AlcaldÃa abrió una convocatoria para encontrar un socio estratégico y crear una empresa mixta. El único proponete que se presentó fue Interaseo S.A. Fundaron asà la sociedad Ibagué Limpia, de la que la firma privada ostenta el capital mayoritario, teniendo la AlcaldÃa y sus institutos descentralizados el 45 por ciento restante. Recientemente, se conoció que el monto de dividendos repartidos a cada uno de los institutos por el periodo 2010, fue menor a los seis millones de pesos, que contrasta con los aproximadamente 300 millones de pesos que percibÃa mensualmente Infibagué como remuneración del contrato 042. La ProcuradurÃa archivó un proceso contra el actual burgomaestre por la creación de la sociedad, pero compulsó copia de los presuntos hallazgos fiscales a la ContralorÃa General de la Nación, descociéndose el avance del proceso
3 Liquidación del 042: Interaseo del Sur se negó a finalizar el contrato, alegando un desequilibrio económico resultado del supuesto no reconocimiento por parte de Infibagué, de los pagos por el mayor volumen de escombros clandestinos recogidos en la ciudad, asà como por la extracción de lixiviados del relleno sanitario Combeima, y la limpieza del Canal de Mirolindo. Por lo anterior, inició una proceso en el tribunal de arbitramento de la Cámara de Comercio, exigiendo el pago de más de dos mil millones de pesos. La semana anterior, durante la última audiencia del caso, la ProcuradurÃa, al no encontrar pruebas del perjuicio, pidió a los jueces negar las pretensiones de Interaseo, luego de que la defensa del Municipio desvirtuara todos los argumentos de la firma privada, calificando la demanda de “temerariaâ€.
¿Pura coincidencia?
La operación de Interaseo en otras ciudades del paÃs también ha generado controversia. Según publicaron medios locales de Santa Marta, entre ellos Radio Galeón, el pasado 7 de octubre fue proferida unas sentencia de absolución al gerente de Interaseo en la ciudad, Hugo RamÃrez GarcÃa, en un juicio por presunta falsedad en documento privado. No obstante, fue hallado responsable quien era el asesor jurÃdico de la firma para la época, Raúl Gual Mozo, encargado de la negociación de terrenos con la concesión de aseo del distrito de Santa Marta, para la ampliación del relleno sanitario de Palangana. El medio radial registró además, en su página de Internet, que se dio una supuesta adulteración de las firmas que acreditaban la titularidad de dichos predios.
Estos son algunos apartes del fallo tomado por la jueza Diana Magally Kandia:
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