Recibí mi apartamento

Columnista Invitado

Es importante distinguir que cuando se firma una promesa de compraventa, lo que se firma es una expectativa, las partes se comprometen a protocolizar una tradición de un inmueble.
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Recibir el apartamento por parte del constructor inicial, genera mucha ilusión y expectativa, pero también puede generar temor; por lo que es útil tener en cuenta las siguientes recomendaciones para que esa alegría no se opaque:

 

1. Acordémonos que a la luz del artículo 24 de la Ley 675/01, la entrega de los bienes comunes esenciales (circulaciones internas, elementos estructurales, accesos, escaleras y espesores) se hace conjuntamente a la entrega de los bienes privados. Por eso, cuando se hace dicha entrega, es necesario dejar constancia de cómo se reciben los bienes.

 2. Revise el reglamento de propiedad horizontal. Este documento no solo establece reglas de convivencia, sino también las afectaciones al dominio que tiene el inmueble.

3. Exija un inventario completo del inmueble que se le hace entrega.

 4. Revise que las condiciones de la unidad privada, son las mismas ofrecidas en la muestra comercial y el contrato de promesa de compraventa.

5. Si tiene asignados bienes comunes de uso exclusivo, revise su ubicación y que su utilización sea viable.

 6. Mire el presupuesto inicial presentado por la constructora, porque desde que recibe el inmueble empieza su obligación económica con la copropiedad.

7. Solicite los manuales de operación de los bienes por adhesión que hacen parte de la unidad privada (estufa, estantería, etc.). Su mal manejo afecta la garantía.

8. Revise la cabida y linderos. Estos deben estar acorde a la licencia y escritura.

9. Cuando sea entregado el folio matrícula, revise que el inmueble no tenga ninguna afectación (embargos, hipotecas).

10. Y lo más importante, que una vez se haya firmado la escritura, verifique que su inmueble ha sido registrado ante la oficina de instrumentos públicos, ya que solo con el registro usted se hace propietario.

Es importante distinguir que cuando se firma una promesa de compraventa, lo que se firma es una expectativa, las partes se comprometen a protocolizar una tradición de un inmueble. En cambio con la escritura de compraventa y su posterior registro, es que se da la verdadera tradición y por tanto, cambio de propietario con todos los efectos que esto trae.

Finalmente, tengamos claro que el recibo material del inmueble es muy importante, ya que desde entonces comienzan a correr los tiempos de garantía, por lo que es vital que si hay vicios o imperfectos en el bien queden documentados para futuras reclamaciones. Y para hacer cualquier reclamación, debemos atender tanto a los procedimientos como la objetividad, es decir, que se solicita en primera instancia a los canales establecidos por la constructora, y exigir solo por lo ofrecido y acordado, más no inflar las pretensiones al límite de nuestra ilusión.

 

Ramiro Serrano

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